Monotributo: cuáles son los nuevos valores de facturación
Luego de la aprobación de la Ley de Bases en el Congreso junto con el nuevo Paquete Fiscal, se implementaron algunas modificaciones en el Monotributo 2024. Estas incluyen un incremento en las cuotas y una ampliación del margen de facturación anual.
Tras la aprobación del paquete fiscal, se incrementaron los montos máximos de facturación para todas las categorías del monotributo, permitiendo que más contribuyentes puedan mantenerse en sus niveles actuales sin tener que pasar al régimen general.
La elevación del tope y la perdida de categoría
Para hablar sobre este tema, Canal E se comunicó con el tributarista Guillermo Poch quien informó que, “se ha elevado considerablemente el tope de facturación para monotributistas, especialmente los prestadores de servicios, a 68 millones de pesos”.
Según el entrevistado, anteriormente, un prestador de servicios, como una maestra particular, profesor de inglés, contador, abogado o alguien que realiza reparaciones en casas, no podía facturar más de un millón de pesos sin salir del régimen de monotributo, ahora, “pueden facturar hasta 5.666.000 mil pesos anuales, lo que representa un promedio mensual de 472 mil pesos”.
Además, “aquellos que perdieron la categoría a partir del primero de enero de 2024 tendrán la posibilidad de reingresar al régimen de monotributo”, aseguró Poch y mencionó que con el incremento en los límites, “es probable que muchas personas puedan bajar de categoría”. Y agregó: “El monotributo sigue siendo mucho más económico que el régimen de autónomos, el cual generalmente recibe menos beneficios y novedades”.
Cómo asegurarse dentro del régimen y la recategorización
Con respecto a los contribuyentes y cómo pueden asegurarse el lugar dentro del régimen de monotributo, Poch mencionó que, “cualquier incongruencia detectada por el fisco puede llevar a su exclusión”. Sin embargo, “la recomendación es tratar de permanecer” debido a sus menores costos en comparación con el régimen de autónomos. Y agregó: “Aunque no ofrece beneficios adicionales en términos de obra social, la simplicidad y el costo económico son sus principales ventajas”.
Al ser consultado sobre las recategorizaciones, el tributarista mencionó que se realizan de manera semestral, en enero y julio, pero en este caso particular, “se ha diferido a agosto”. Y añadió: “Siempre se deben sumar los últimos 12 meses devengados para determinar la categoría porque la ley no se basa en lo percibido”.
Y para cerrar, agregó: “Para mostrar una merma real, sería necesario dejar de prestar servicios” porque “si la facturación baja y el servicio es recurrente, esto puede ser llamativo”.
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