La Justicia de La Pampa ratificó un nuevo revés judicial para Abigail Páez, una de las condenadas por el homicidio de Lucio Dupuy, al rechazar un planteo de su defensa para acceder a salidas anticipadas y revisar los plazos para eventuales beneficios de libertad condicional.
La decisión fue adoptada por los jueces María Paola Frigerio y Mauricio Federico Piombi, integrantes de la Sala B del Tribunal de Impugnación Penal, quienes confirmaron el fallo emitido previamente por el juez de Ejecución Penal, Edgardo Javier Trombicki. La resolución, dictada el 26 de octubre, trascendió este jueves en los tribunales provinciales.
El planteo había sido impulsado por la defensora particular María Silvina Blanco Gómez, quien argumentó que la imposibilidad de acceder a salidas anticipadas vulneraba los derechos constitucionales de su representada y obstruía las pautas legales orientadas a la reinserción social. No obstante, el tribunal superior ratificó que la magnitud y la tipificación de los delitos cometidos contra el menor impiden la concesión de dicho beneficio procesal.
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El caso de Lucio Dupuy, los cargos y el fallo judicial
El crimen de Lucio Dupuy ocurrió el 26 de noviembre de 2021 en la ciudad de Santa Rosa, La Pampa, cuando el niño de 5 años ingresó sin vida al Hospital Evita tras sufrir una golpiza en la vivienda donde residía. La autopsia y las pericias forenses revelaron que el menor presentaba traumatismos severos, politraumatismos continuados producto de maltrato físico y psicológico recurrente, y evidencias comprobables de abuso sexual infantil. La investigación reconstruyó la responsabilidad directa de su madre, Magdalena Espósito Valenti, y de la pareja de esta, Abigail Páez, quienes ejercían la custodia del menor tras un conflicto por la tenencia.
En febrero de 2023, la Audiencia de Juicio de Santa Rosa dictó la condena a prisión perpetua para ambas mujeres. Magdalena Espósito Valenti fue hallada culpable del delito de homicidio triplemente calificado por el vínculo, alevosía y ensañamiento, al que luego el Tribunal de Impugnación Penal le sumó el delito de abuso sexual gravemente ultrajante por su duración y formas de realización, triplemente agravado.
Por su parte, Abigail Páez fue condenada a prisión perpetua como autora del delito de homicidio doblemente calificado por alevosía y ensañamiento, en concurso real con abuso sexual gravemente ultrajante por su duración y formas de realización, doblemente agravado.
Las condenas de ambas fueron confirmadas por el Superior Tribunal de Justicia de La Pampa y posteriormente quedaron firmes con el rechazo de los recursos por parte de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Debido a la gravedad de los delitos tipificados en el Código Penal para casos de homicidio agravado en concurso con abuso sexual, la legislación argentina prohíbe taxativamente que las condenadas puedan acceder a la libertad condicional, salidas transitorias o cualquier régimen de morigeración de la pena, debiendo cumplir la perpetua de forma efectiva e íntegra.









