SOCIEDAD
En todo el país

Comienza a regir la ley de recetas electrónicas obligatorias: las claves del nuevo sistema

El Ministerio de Salud contempla un período de adecuación para el registro digital hasta diciembre, por lo que las prescripciones en papel y las emitidas por plataformas habilitadas se seguirán aceptando hasta este mes inclusive.

Recetas electrónicas
Recetas electrónicas | Cedoc Perfil

Las nuevas reglamentaciones de la receta electrónica obligatoria comienza a implementarse a partir de este lunes 1° de julio en todo el país, por lo que las prescripciones de medicamentos, órdenes de estudios y las prácticas indicadas por profesionales médicos que antes eran realizadas en papel empezarán a efectuarse mediante las plataformas digitales.

Así lo dipuso el Gobierno nacional a través del Decreto 345/2024. La iniciativa contempla un período de adecuación para el registro de las plataformas virtuales de 180 días, y garantiza el acceso a medicamentos y prácticas médicas, acorde a lo establecido por el Ministerio de Salud.

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Mientras que la cartera a cargo del ministro Mario Ruso comienza esta semana un plan de capacitación con las distintas jurisdicciones, las farmacias seguirán aceptando las recetas en papel y aquellas que fueran emitidas en los sitios habilitadas hasta diciembre.

Este miércoles, el Gobierno hizo oficial la creación del Registro Nacional de Plataformas Digitales Sanitarias (ReNaPDiS) que permite la integración e interoperabilidad de estas plataformas en todo el territorio nacional. Así, una vez que estén inscriptas, cada receta estará identificada con un código para verificar su autenticidad.

Por su parte, para poder estar acreditados y emitir las recetas electrónicas, los profesionales de la salud tendrán que registrarse en la Red Federal de Registro de Profesionales de la Salud (REFEPS). Esta autenticará las credeciales, cumpliendo con los estándares de seguridad y eficiencia informática.

recetas médicas

Además, según la nueva reglamentación, el retiro de medicamentos también se podrá gestionar de forma electrónica con la farmacia para su entrega. En tanto, la venta despacho de los mismos se seguirá haciendo desde el establecimiento, en presencia de un farmacéutico.

Asimismo, se estableció que las farmacias deberán archivar y guardar las recetas digitales por 3 años.

Capacitaciones del Ministerio de Salud

Para lograr la eficiente implementación de las recetas electrónicas, el Ministerio de Salud de la Nación anunció el inicio de un plan de capacitación con las distintas jurisdicciones para avanzar en la adecuación y registro de los sitios digitales, de los profesionales médicos y los recetarios.

Las actividades se realizarán a través de conversatorios y talleres y, de manera paralela, se dearrolló una página web acerca de la "Receta electrónica" en el sitio oficial del Ministerio, que cuenta con información detallada sobre la implementación de las prescripciones con información general y específica para la sociedad en generañ, farmacias y profesionales de la salud.

La página también ofrece instructivos y allí se describen requisitos de inscripción, normativas, gestión de trámites, entre otros datos de interés. Se puede ingresar al sitio haciendo clic en este enlace.

Se encuentran disponibles distintos espacios de consulta con modalidad presencial para las provincias, y para la comunidad: el número telefónico 0800 (0800-222-1002), y la casilla oficial de correo electrónico [email protected].

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Beneficios del uso de la receta electrónica

Mediante una publicación en su cuenta oficial de la red social "X", el Ministerio de Salud informó que a partir de este lunes entró en vigencia la Receta Nacional Electrónica (ReNacE) y consideró los beneficios que acarrea esta modalidad:

  • Facilita la trazabilidad del circuito de prescripción y dispensa de medicamentos.
  • Simplifica los procesos administrativos. 
  • Reduce los errores humanos.
  • Brinda herramientas para tomar decisiones de tratamiento más informadas.
  • Con la receta electrónica es más simple adquirir un medicamento.

 

FP/fl