SOCIEDAD
Ciudad de Buenos Aires

Padres piden que se declare la “inconstitucionalidad” de las clases presenciales

Un grupo de padres de la comunidad educativa de la Escuela Normal Nº 2, Mariano Acosta presentó un recurso de amparo para que se revea la obligatoriedad de las clases presenciales, en el marco de la pandemia de coronavirus.

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Escuela Mariano Acosta | Cedoc Perfil

Un grupo de padres que envían a sus hijos a la Escuela Normal Nº 2, Mariano Acosta de la ciudad de Buenos Aires, de la zona de Balvanera, presentó un recurso de amparo para que se declare la "inconstitucionalidad" de las normas sobre la obligatoriedad de asistir a clases presenciales en pandemia, según informaron fuentes judiciales.

La vuelta a clases, bajo el Ojo de Perfil.

El recurso judicial fue presentado en el Juzgado de Primera Instancia del fuero Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo 8 a cargo de Osvaldo Otheguy, de acuerdo con el portañl de noticias iJudicial.

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En la presentación, los solicitantes pidieron que se declare "inconstitucional" la obligatoriedad de asistir a clases presenciales en el marco de la pandemia de coronavirus.

Así fue la vuelta a clases presenciales en la ciudad de Buenos Aires

También solicitaron que se ordene al Gobierno porteño que garantice el acceso de manera igualitaria a todos los alumnos de la modalidad de educación remota mediante el "Plan de Integración de Educación Digital". Además, solicitaron que el Ejecutivo porteño respete el artículo. 11 inc. G de la Ley Nacional de Educación, que describe que los fines de la política educativa son "garantizar el ámbito educativo y el respeto de los derechos de los niños y adolescentes".

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En este sentido, los actores también pidieron en forma puntual que “se exija mejorar -sin faltantes del plantel docente– la educación de forma virtual que se realizara el año pasado”.

En cuanto al estado procesal de las actuaciones, que tramita ante la Secretaria 16, las fuentes judiciales hacen saber que se ha rechazado la medida cautelar solicitada y que se ordenó correr el traslado de la demanda.