En una medida clave para garantizar los derechos de niños, niñas y adolescentes, la Comisión de Justicia de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que Preside Ines Parry emitió dictamen que busca modificar la Ley N° 269. "Este cambio amplía las herramientas legales para facilitar el cobro de deudas alimentarias, promoviendo un sistema más eficiente y justo", precisaron en un comunicado oficial desde su espacio.
La presidenta de la Comisión, Inés Parry, destacó que el 98% de las personas afectadas por la falta de pago de cuotas alimentarias son mujeres, y de ese grupo, el 68% se encuentra por debajo de la línea de pobreza. "La reforma no busca atacar los ingresos de los deudores, sino que apunta a sus gastos, priorizando las necesidades de los hijos frente a gastos superfluos como actividades recreativas, así como hacer solidariamente responsables a empleadores que oculten a deudores", agregaron.
El Registro Público de Alimentantes Morosos, que este año cumple 25 años, requiere una actualización para cumplir su función de manera más efectiva. Asimismo, el Registro Público de Alimentantes Morosos, estará bajo la órbita de la Secretaría de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Este registro llevará un listado de las personas que adeuden total o parcialmente dos cuotas alimentarias consecutivas o alternadas en un mismo año calendario, sean estas alimentos provisorios o definitivos, homologados o fijados por sentencia firme.
Las funciones principales del Registro
1. Listado y Certificaciones: Mantendrá un listado actualizado de los deudores alimentarios y emitirá certificados gratuitos a solicitud para informar si una persona está registrada como deudora.
2. Difusión y Concientización: Organizará actividades como talleres, charlas y campañas para educar sobre los derechos alimentarios y la importancia de su cumplimiento. Además, publicará anualmente una "Guía de Buenas Prácticas" destinada a fomentar el respeto por estas obligaciones.
3. Colaboración Interinstitucional: Celebrará convenios con empresas, instituciones privadas y organizaciones de la sociedad civil para fortalecer la implementación de sus objetivos. Asimismo, trabajará en coordinación con organismos estatales para desarrollar políticas que garanticen el derecho alimentario.Restricciones y Medidas:
• La inscripción o baja en el Registro solo se realizará por orden judicial, de oficio o a petición de parte, y será gratuita.
• Las personas registradas tendrán restricciones específicas, como la imposibilidad de obtener habilitaciones, concesiones, licencias o permisos por parte del Gobierno de la Ciudad. También se restringirá su acceso a ciertos beneficios como planes de pago, quitas o financiaciones.
• En el ámbito laboral y electoral, se requerirá la presentación de un certificado de no inclusión en el Registro. Esto aplicará a proveedores estatales, postulantes a cargos electivos o judiciales, y nuevos empleados del Gobierno de la Ciudad.
• En casos de operaciones notariales que involucren a deudores alimentarios, los escribanos deberán comunicarlo al Registro y al juzgado interviniente. La transacción no se completará hasta que se regularice la situación.Impacto en eventos y actividades:
• Deportivos: Las personas incluidas en el Registro tendrán prohibido el ingreso a estadios de fútbol para eventos organizados por la AFA, FIFA o CONMEBOL en la Ciudad.
• Culturales: En eventos masivos de más de 5,000 asistentes, los organizadores podrán impedir el ingreso de deudores alimentarios, siempre que exista un convenio previo con el Gobierno de la Ciudad para obtener la información y realizar campañas de concientización.
Personas no habilitadas:
Las personas físicas o jurídicas vinculadas al Registro Público de Alimentantes Morosos tendrán restringida la posibilidad de ser habilitadas o permisionarias en ciertas actividades. Esto incluye, entre otros, a quienes hayan sido condenados por delitos dolosos, estén inhabilitados o hayan incumplido con requisitos judiciales relacionados con deudas alimentarias.
Responsabilidad solidaria:
Quienes sean responsables solidarios del pago de alimentos, conforme al Código Civil y Comercial, también podrán ser inscritos en el Registro si incumplen una orden judicial. Esto requerirá una intimación fehaciente previa.
En resumen, este Registro busca no solo sancionar el incumplimiento de las obligaciones alimentarias, sino también promover un cambio cultural y social que garantice los derechos de los menores y fomente la responsabilidad de quienes están obligados a cumplir con estas obligaciones.
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