SOCIEDAD
En la ciudad de Buenos Aires

Jorge Macri envió a la Legislatura un proyecto para endurecer las penas a los trapitos

La propuesta legislativa propone que las personas que, sin autorización legal, o presten en la vía pública servicios de estacionamiento, cuidado de coches o limpieza de vidrios, serán sancionada con arresto, trabajos de utilidad pública o multas.

Trapitos out
TARJETA ROJA. Una ley buscará agravar las penas para los que cobran por estacionar en la vía pública. | GZA GCBA


Las autoridades de la Ciudad de Buenos Aires enviaron a la Legislatura porteña un proyecto de ley que propone endurecer las penas y las sanciones a los trapitos y cuidacoches que “trabajan” en las calles porteñas.

“Vamos a terminar con la mafia de los trapitos. Se creen dueños de la calle: extorsionan, aprietan y roban. No va más, acá se les acabó el negocio”, sintetizó Jorge Macri al presentar su proyecto.

La propuesta legislativa que se discutirá en las próximas semanas establece que aquella persona que, sin autorización legal, ofrezca o preste en la vía pública servicios de estacionamiento, cuidado de coches o limpieza de vidrios, será sancionada con 5 a 30 días de arresto, 10 a 45 días de trabajos de utilidad pública o multa de 800 a 4.000 unidades fijas.

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Además, se le aplicarán las sanciones de prohibición de concurrencia y/o de interdicción de cercanía al lugar donde haya cometido la contravención.

Si los trapitos intentan trabajar cerca de los eventos masivos, la pena se agravará: en el caso de que las contravenciones ocurran en los alrededores de los grandes parques o dentro de un radio de hasta 30 cuadras del lugar donde esté programado un evento masivo de carácter deportivo o artístico, desde las tres horas antes de su inicio y hasta dos horas después de su finalización, la sanción será de 10 a 45 días de arresto y el máximo se elevará a 60 días para los jefes, coordinadores, organizadores y/o promotores.

En tanto, de probarse la participación directa o indirecta de personas vinculadas a un club, institución u organizador, se sancionará a la entidad con multa de 5.000 a 20.000 unidades fijas y clausura de sus instalaciones de 15 a 60 días, sin perjuicio de la responsabilidad de los autores/as materiales.

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A su vez, y con el mismo objetivo de reforzar la protección de los espacios donde se desarrollan las conductas ilícitas, también se añaden las sanciones de “prohibición de concurrencia” y de “interdicción de cercanía” al lugar donde se haya cometido la contravención.

Vale recordar que el actual Código Contravencional de la Ciudad de Buenos Aires ya penaliza esta actividad, junto con la de “limpiavidrios”. Y está vigente desde el año 2018, aunque -evidentemente- no ha resultado demasiado efectivo.