A días del inicio de la feria judicial, jueces, fiscales, defensores nacionales y empleados judiciales se reunieron "de urgencia" en la sede de la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional (AMFJN) para rechazar los intentos de traspaso de la Justicia Nacional al ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA), tras el fallo de la Corte Suprema de Justicia.
La declaración difundida fue consensuada “en forma conjunta y unánime”, y de la reunión participaron el juez Andrés Basso, titular de la AMFJN, los presidentes de las Cámaras Nacionales de Casación y de Apelaciones, los representantes del Ministerio Público Fiscal y de la Defensa, de los Tribunales Orales Nacionales y de la Unión de Empleados de la Justicia Nacional.
Luego de 22 años en la Corte Suprema, el juez Carlos Maqueda dejó su cargo entre saludos y aplausos
La reacción se da luego de que el Máximo Tribunal habilitara al Superior Tribunal de Justicia (STJ) de la Ciudad a intervenir en las apelaciones de las causas de la justicia nacional penal, comercial, civil y laboral, decisión que fue tomada el mismo día en que el cortesano Juan Carlos Maqueda se retiró del cargo, luego de 22 años de ejercicio. El fallo en cuestión es el que involucra a los herederos del pintor León Ferrari y al periodista Gustavo Gabriel Levinas.
Dentro de los puntos cuestionados, los representantes judiciales mencionaron que "la jurisdicción constituye uno de los mayores atributos inherentes a la soberanía del Estado que, en la República Argentina, se integra con el gobierno federal y los gobiernos de las provincias".
En ese sentido, consideraron que aunque el Gobierno porteño es calificado como "autónomo", su personalidad jurídico-política "no emana de un poder originario y propio", sino de la voluntad de un ente superior, es decir, la Nación argentina. "Resulta inadecuado aludir a los magistrados que ejercen competencias nacionales en su ámbito como 'meramente transitorios'”, expresaron.
Los magistrados, funcionarios judiciales y defensores compartieron los argumentos del procurador Eduardo Casal, que se pronunció contra la idea de habilitar la apelación del TSJ porteño, y del juez de la Corte Carlos Rosenkrantz, que se pronunció en disidencia en este caso. “No existe base legal para atribuir al Tribunal Superior de Justicia de la ciudad de Buenos Aires la potestad de revisar una sentencia dictada por las Cámaras Nacionales de Casación y de Apelaciones”, insistieron.
"El Código Procesal Civil y Comercial de la Nación prevé la impugnación de las sentencias de las cámaras nacionales, únicamente, a través del Recurso Extraordinario Federal (art. 256 y siguientes)", continuaron diciendo. Por este motivo, explicaron que "una vía recursiva ante un tribunal local contra las decisiones dictadas por jueces que integran la justicia nacional modifica la estructura del Poder Judicial de la Nación", definida por ley.
Por último, afirmaron que “los Ministerios Públicos se ven afectados” porque no se cumplen las leyes del Congreso (en su unidad de actuación, continuidad recursiva, sistema de recomendaciones jerárquicas, sanciones disciplinarias y mecanismos de remoción diversos en ambas jurisdicciones, entre otras), y por la inhabilitación normativa para litigar en otra jurisdicción, ya que "la legislación nacional vigente tienen habilitaciones no siempre equivalentes en el ámbito de la Ciudad".
"Quienes suscribimos el presente comunicado ratificamos nuestra postura histórica: La Justicia Nacional no puede ser transferida a la Ciudad de Buenos Aires, conforme una recta interpretación de la Constitución Nacional", concluyeron.
La Corte ordenó que el TSJ resuelva en última instancia en CABA
“El TSJ es el órgano encargado de conocer en los recursos extraordinarios que se presenten ante la justicia ordinaria nacional de la ciudad. Al igual que los superiores tribunales del resto de las provincias, debe concentrar las facultades jurisdiccionales en torno al derecho local y común”, expresó la Corte en su fallo del viernes pasado, día que comenzará a funcionar con tres integrantes y deberá resolver casos con conjueces cuando no logren formar mayoría -hasta que se ocupen las vacantes-.
La posición del Máximo Tribunal respecto al tema no es nueva. En 2019, en el fallo “Bazán, Fernando s/ amenazas” ya había indicado que, en los conflictos de competencia entre los jueces nacionales y los jueces de la ciudad, no intervendría más y que debía hacerlo la Justicia porteña.
El conflicto se enmarca en la demora del cumplimiento de la manda constitucional. A partir de la reforma de la Constitución de 1994, con la creación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, debía traspasarse la justicia nacional ordinaria pero eso aún no se concretó. En medio de ese proceso, la Ciudad creó su propio tribunal superior.
FP/LT