Este martes, el Gobierno decretó el fin de la emergencia en cuanto a la posesión y propiedad de las tierras ocupadas por comunidades indígenas originarias del país, de modo que quedó sin efecto la suspensión de la ejecución de sentencias, actos procesales o administrativos para el desalojo de esos territorios.
La medida fue anunciada a través del Decreto 1083/2024, publicado en el Boletín Oficial bajo la firma del presidente Javier Milei y todo su Gabinete, y entrará en vigencia a partir de este miércoles 11 de diciembre.
La nueva normativa deroga el Decreto de Necesidad y Urgencia N°805/21 del 17 de noviembre de 2021, que prorrogó por última vez la Ley 26.160, sancionada y promulgada en noviembre de 2006 y declaraba la emergencia territorial indígena.
En los considerandos, el Ejecutivo indicó que el DNU, que se extendía hasta el 23 de noviembre de 2025, generaba "inseguridad jurídica y una grave afectación al derecho de propiedad de los legítimos dueños, o los derechos de sus arrendatarios o poseedores, en contradicción con el artículo 17 de la Constitución Nacional, así como al derecho de dominio sobre los recursos naturales en favor de las provincias, reconocido en el artículo 124".
En el texto oficial también se argumentó que la "prórroga excesiva" abrió la posibilidad a una "larga serie de acciones que, en connivencia con grupos amparados circunstancialmente bajo normativa aplicable a pueblos indígenas, avasallaron los derechos de la ciudadanía y agravaron las prerrogativas soberanas del Estado".
El Gobierno manifestó que en el último tiempo la situación "se ha agravado debido al incremento de inscripciones de comunidades indígenas en los respectivos registros", además "sin cumplir las mínimas condiciones para que los peticionantes sean reconocidos como comunidades indígenas autóctonas".
"En muchos casos se fragmentan tornando inoficioso el objetivo para el cual fue inicialmente prevista la declaración de emergencia", señalaron sobre las comunidades indígenas y las acusaron de hacer un "uso abusivo, subjetivo y discrecional" de la emergencia territorial.
En la normativa también se tuvo en cuenta que los conflictos que han surgido por tomas y usurpación de tierras "han llevado a que se vean amenazados o restringidos los derechos de los ciudadanos legitimados con respecto a la titularidad de la tierra y a la libre circulación".
De la misma manera, el Gobierno sostuvo que "se han bloqueado el desarrollo de inversiones y las obras de infraestructura para el desarrollo de servicios públicos, e inclusive se ha vulnerado el derecho a la tierra de familias que pertenecen a los mismos pueblos originarios".
"Median situaciones de usurpaciones y hechos violentos en todas las provincias del país; a tal punto que existe un mapa de conflictos cuantificable en al menos 254 hechos judicializados", reprochó el Ejecutivo en el texto publicado este martes.
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El Gobierno manifestó que "no advierte razón que justifique la continuidad de la emergencia" y que "su prolongación implicaría la consolidación de la discriminación entre ciudadanos argentinos, además de exaltar el grave daño que esa situación provoca al sistema republicano de gobierno".
Sobre la suspensión de desalojos se explicó que "se traduce no solo en una afectación al derecho de propiedad, sino también, en muchos casos, en mantener un desahucio de los legítimos propietarios con afectación a su derecho a la vivienda", al punto de que "habiendo sido desplazados, se han visto obligados a morar en condiciones precarias".
"La respuesta no puede ser otra que la derogación de toda norma que impida a los legítimos propietarios el ejercicio pleno de su derecho de dominio, uso, usufructo y disposición sobre la tierra que se vea afectada por asentamientos o cualquier forma de turbación de la posesión al amparo de las prórrogas de la emergencia que paralizaron los juicios de desalojo", se concluyó desde la gestión del presidente libertario.
AS.
LT.