POLITICA
paquete fiscal

Alcances de la vuelta de la cuarta categoría de Ganancias y la modificación de Bienes Personales

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Trabajadores. Los sueldos vuelven a pagar ganancias. | NA

El Gobierno consiguió en la madrugada de este viernes que la Cámara de Diputados le aprobara las primeras dos leyes desde que asumió el presidente Javier Milei: la postergada ley Bases y el paquete fiscal que le sirve para consolidar la meta de equilibrio en las cuentas públicas.

Entre los aspectos más destacados del paquete impositivo que se votó aparece la reinstauración de la cuarta categoría del impuesto a las Ganancias, que abarcará a trabajadores asalariados solteros con un salario bruto de $ 1,8 millones, y a casados con dos hijos, con un salario de hasta $ 2,34 millones.

El tributarista Miguel La Vista, socio del Estudio La Vista Casal consideró positiva la reforma implementada en ganancias en tanto “permite recuperar nuevamente la lógica del impuesto que rigió tradicionalmente en nuestro país, que además, es el sistema que rige en la mayoría de los países del mundo”, agregó. Aunque también destacó que “siguen un poco relegados los trabajadores autónomos”.

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En tanto, el tributarista Guillermo Poch, de Auren Argentina, señaló como cambio importante en Ganancias la modificación en la escala de alícuotas que hace que el gravamen sea mucho más progresivo. “Antes rápidamente se entraba en la tasa del 35%, hoy de alguna manera vas teniendo incrementos entre pasos de las escalas entre un 3 y un 4%”, señaló.

Claudia Pose, de BDO Argentina, recordó que se derogarán exenciones brindadas a ítems como aguinaldo-SAC, horas extras, bono de productividad o fallo de caja, viáticos, reintegros de gastos de guardería o jardín, adicionales para empleados de la salud y otros. “Todo esto, entonces, pasará a sufrir retenciones, cuestión que no sucedía en la actualidad”, señaló. Y agregó que “los montos correspondientes a las deducciones personales tendrán actualizaciones semestrales desde 2025. En el caso del 2024, habrá una actualización trimestral en el mes de septiembre 2024, considerando la inflación conforme IPC de junio a agosto 2024, mientras que las escalas serán actualizables sólo anualmente”.

Entre otras cuestiones, el tributarista La Vista encontró positivo que la reinstauración de la cuarta categoría no fuera retroactiva: “Recordemos que el monto mínimo de ingresos para trabajadores en relación de dependencia estaba en $ 2,3 millones; una aplicación retroactiva hubiera generado un aumento impositivo para los ingresos que se generaron desde enero de 2024 hasta la fecha”, aseguró.

Miguel La Vista, graficó con un ejemplo, en qué casos serán alcanzados los trabajadores tras la vuelta de la imposición a la cuarta categoría. “Un trabajador soltero que cobra un sueldo neto de $1,8 millones mensuales (bruto de $2,2 millones) tributaría $580 mil anuales, que representa un 2,5% de su ingreso. Un salario neto de $2,6 tributaría un 8%, mientras que un salario de $4,1 tributaría un 16%”, destacó.

En cuanto al Régimen de Bienes Personales, el umbral para el pago del impuesto se eleva de $27 millones a $100 millones, con una reducción de las alícuotas progresivas del 0,5% al 1,5%. Los contribuyentes pueden anticipar el pago de cinco ejercicios fiscales a una tasa del 0,45%, congelando su patrimonio.

Para el tributarista Guillermo Poch, “es razonable la reducción de las alícuotas y el régimen que se propone de pago anticipado, porque un impuesto patrimonial muy caro atenta contra las inversiones, y además impuestos sobre bienes personales no es un impuesto que debiera ser de recaudación, sino un impuesto de control”, mencionó.

Visto así, el especialista en impuestos agregó que “un tributo sobre bienes personales tendría que tener una alícuota muy chiquita, de hecho debiera ser más baja, también que la norma contempla la reducción de tasa. Es un impuesto que se tiene que usar para controlar al impuesto a las ganancias”, aseguró.