POLICIA
FALLO HISTÓRICO A TRES AÑOS Y MEDIO DE LA DESAPARICIÓN DEL JOVEN TRANS

“Odio a la identidad de género”: perpetua a uno de los acusados por el caso Tehuel

Luis Alberto Ramos fue condenado a la pena de reclusión perpetua por el homicidio de Tehuel de la Torre, el joven trans de 21 años cuya desaparición, en marzo de 2021, se convirtió en un símbolo de lucha y reclamo del movimiento LGBT. Por primera vez, la Justicia reconoció un crimen por odio a la identidad de género. Para los jueces, el acusado “no comulgaba con estos modelos no patriarcales de concebir una pareja”. Oscar Montes, el otro acusado que tiene el caso, será juzgado en un juicio por jurado. El pedido de la mamá y el fuerte reclamo de su papá.

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Inmutable. Ramos permaneció en silencio durante la lectura del fallo. Lleva más tres años detenido. Fue declarado reincidente porque tenía una condena anterior por homicidio. | GLZA. Mónica Galván

La verdad sigue oculta, pero el fallo salió igual. Luis Alberto Ramos (39) fue condenado ayer a la pena de reclusión perpetua por el homicidio del joven trans Tehuel de la Torre (21), cuya desaparición en marzo de 2021 se convirtió en un símbolo de lucha y reclamo del movimiento LGBT.    

Ramos llegó a juicio acusado por el delito de “homicidio agravado en contexto de odio hacia la identidad de género”. Oscar Montes, el otro acusado que tiene el caso, será juzgado en un juicio por jurado. 

El fallo fue dictado por los jueces Claudio Joaquín Bernard, Ramiro Fernández Lorenzo y la jueza Silvia Hoer, a cargo del Tribunal Oral en lo Criminal N° 2 de La Plata. La lectura arrancó a las 13.26.

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En su voto, Bernard explicó que “mediante la prueba incorporada, producida y debatida quedó acreditado que dos personas de sexo masculino, una de ellas identificada como Luis Ramos, motivados por razones de odio a la identidad de género y a la orientación sexual, causaron la muerte de Tehuel de la Torre y ocultaron sus restos que hasta el día de hoy no han sido hallados”.

Por primera vez, la Justicia argentina reconoció como agravantes las razones de género hacia las masculinidades trans. “Hoy en el siglo XXI admitir discriminaciones o rechazos por razones de sexo, raza, religión, resultan por demás deleznables y contrarias a la libertad de elección e igualdad que debe gozar toda persona. No admitir a dos personas del mismo sexo someterse libremente a este estatus de casados implica disminuirlos jurídicamente y aislarlos del orden normativo”, entendió el juez Bernard. 

Para los jueces, el acusado “no comulgaba con estos modelos no patriarcales de concebir una pareja”. Y explicaron: “Estableció los parámetros de su relación personal con Tehuel, no reconociendo en público su identidad sexual, con frases como chico-chica o la mujer es para el hombre y el hombre para la mujer, de forma que no pueden más que tomarse como despectivas. Además, lo condicionaba económicamente al prometerle trabajos y ofrecerle dinero, creando de esta forma una dependencia económica, por lo que sin lugar a dudas el imputado se aprovechó de la vulnerabilidad de la víctima, lo que llevó al fatídico encuentro del día 11 de marzo”.

Bernard indicó que el odio que sentía Ramos hacia Tehuel lo llevó a “provocarle la muerte”. “Y aún más allá –destacó–, hizo desaparecer su cuerpo, impidiendo de tal modo el duelo de su familia y amigos ante tan dolorosa pérdida, procurando borrar todo vestigio de su accionar delictivo”.

“Un homicidio ejecutado por odio a la identidad de género es un motivo tan reprochable que justifica la formulación como tipo agravatorio de homicidio, el cual tiene como consecuencia legalmente asignada la imposición de una pena privativa de libertad perpetua”, argumentó.

En otro tramo del fallo, el juez se refirió a los cuestionamientos que hizo la abogada Natalia Argenti, defensora de Ramos, sobre la ausencia del cuerpo. “No comparto la postura de la distinguida defensora”, respondió y explicó que “los sistemas procesales antiguos establecían determinadas reglas respectivas para su correcta acreditación, pero por el contrario, los modernos sistemas procesales, basados en los principios de amplitud y libertad probatoria, han eliminado de su legislación aquel concepto, por lo que nada hay que discutir al respecto. No debe confundirse cuerpo del delito con la prueba del mismo, pues aquel es objeto y no medio de prueba”.

Las pruebas. Los jueces dieron por probado que el 11 de marzo de 2021 Tehuel viajó hacia Alejandro Korn en el estribo de un ómnibus de la empresa San Vicente, según el análisis de visualización de cámaras. El informe de la empresa SUBE reveló que la víctima subió al interno 5572 de la línea 435 a las 19.06, sin que su tarjeta registre movimientos posteriores. 

Además, la geolocalización de su celular lo ubicó en inmediaciones de la calle Mansilla entre las 19.49 del 11 de marzo y las 00.24 del día siguiente.  Del teléfono de Ramos se obtuvo una selfie en la que aparece el acusado con Tehuel y Montes, sentados alrededor de una mesa. Fue a las 20.42 del 11 de marzo.  

A su vez, según enumeraron los jueces en el dictamen, en la ligustrina que rodea la casa de Ramos fueran hallados restos calcinados de la campera que llevaba puesta Tehuel el día de su desaparición, así como, en una zanja de la vereda, la carcasa quemada de su celular marca Motorola. 

Por si fuera poco, una muestra de sangre hallada en la pared de la misma vivienda determinó que correspondía en un 99,9% a un hijo de la pareja conformado por Norma Nahuelcura y Andrés de la Torre, padres biológicos de Tehuel.

 

Medidas de reparación comunitaria

A pedido del Ministerio Público Fiscal, el Ministerio de las Mujeres, Políticas de Género, y Diversidad Sexual de la provincia de Buenos Aires deberá llevar adelante medidas de reparación comunitaria. A saber: 

1. Un protocolo específico de búsqueda de personas LGBTIQ más desaparecidas, con enfoque de diversidad sexual y de géneros.

2. Declaración de la emergencia social en violencia por prejuicios hacia las personas travesti y trans a los fines pertinentes, por resultar las mismas ajenas al ámbito de actuación de la justicia penal.

 

“Esto no termina acá”, dijo la mamá

La mamá de Tehuel de la Torre estuvo presente en los tribunales platenses. Con un chaleco blanco que llevaba la imagen de su hijo, Norma Nahuelcura, celebró el histórico fallo dictado por el Tribunal en lo Criminal N°2 de La Plata.

“Quiero agradecer a todos los que vienen acompañando para hacer justicia por mi hijo”, dijo instantes después de la condena a reclusión para Luis Ramos.

“Esto no termina acá, porque queremos que se condene al otro responsable y que se siga buscando a Tehuel para que descanse en paz. Que nunca más haya otros Tehueles, que nunca más haya violencia hacia las personas trans”, aseguró.

Por su parte, Andrés de la Torre, padre de la víctima, señaló: “La causa es un fracaso, porque no sé donde está mi hijo”. “Me interesa saber dónde está más que otra cosa”, sostuvo luego de conocerse el dictamen del tribunal.

En tanto, desde el Frente Nacional Orgullo y Lucha dijeron que el fallo “sienta un precedente significativo para la prevención y abordaje de la violencia por prejuicio hacia las personas travesti y trans”.