Luego de que la Justicia determinara que el crimen de Lucía Pérez, la adolescente de 16 años que fue violada y asesinada en Mar del Plata en octubre de 2016, no fue un femicidio, los padres de la menor confirmaron que apelarán el reciente fallo judicial.
El último viernes el Tribunal de Casación Penal resolvió que la muerte de Lucía no fue un femicidio y por lo tanto, no es aplicable la pena de prisión perpetua que pesaba sobre Matías Farías. El acusado purgaba la pena luego de que fuera condenado por “abuso sexual con acceso carnal, agravado por el suministro de estupefacientes seguido de muerte en concurso ideal con femicidio”.
En este nuevo giro del aberrante hecho perpetrado contra la menor, Farías deberá ser juzgado por el Tribunal Nº 2 de Mar del Plata solo por el delito de “abuso sexual”.
“Lo veo tan cruel”, expresó el padre de Lucía en declaraciones a los medios locales con respecto a la resolución del Tribunal de Casación Penal, que dictaminó: “no hay una responsabilidad penal en el fallecimiento de la víctima, ni un dolo eventual como consideró el Tribunal Nº 2 ni en un hipotético caso de homicidio culposo”.
Junto a su esposa, Marta Montero, Guillermo Pérez manifestó que “seguirán adelante”, mientras esperan que el Tribunal establezca una nueva sentencia. “Ya sabemos esto que dijo Casación, así que apelaremos”.
Respecto al desempeño de los jueces, Pérez afirmó que “por ahí no entienden que vamos nueve años de lucha. Tenemos que seguir asumiendo los errores de todos ellos”.
En este sentido, el papá de Lucía consideró que esta novedad coincide con el anuncio del Gobierno de suprimir la figura del femicidio del Código Penal.
Sobre considerar si fue o no femicidio, los magistrados Víctor Violini y Florencia Budiño resolvieron en su fallo que “existen dudas” en cuanto al dolo homicidio de Matías Farías, mientras que “los argumentos técnico-jurídicos expresados por el Tribunal N° 2 para sustentar su decisión en la temática no gozan de amplia aceptación en la doctrina nacional y extranjera”.
Según los magistrados, el deceso de la adolescente se habría dado por “una conjunción de factores condicionadamente yuxtapuestos el uno con el otro: el esfuerzo físico por la brusquedad del abuso sexual y el consumo de cocaína”.
La resolución señala que “no hay pruebas que cercioren que Farías en su rol de dealer conozca o pueda prever el resultado muerte en el marco de tal consumo excesivo, mucho menos, que la relación sexual violenta potenciará esto”.
Al rechazar que la muerte de Lucía se trató de un femicidio, los jueces hacen lugar parcialmente a lo planteado por la defensora oficial de Matías Farías, Laura Solari y los defensores de Pablo Offidani, César Sivo y Romina Merino.
Culpables. Como se recordará, en marzo de 2023 los jueces Gustavo Fissore, Roberto Falcone y Alexis Simaz del Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 2 de Mar del Plata condenaron a prisión perpetua a Farías (de 23 años) por ser autor del femicidio de Lucía Pérez, al tiempo que Juan Pablo Offidani fue sentenciado a ocho años de cárcel por ser partícipe secundario.
En la sentencia del segundo juicio, los jueces encontraron culpable a Farías de “abuso sexual con acceso carnal agravado por resultar la muerte de la persona ofendida y por el suministro de sustancias estupefacientes en concurso ideal con femicidio”, en calidad de autor. Mientras que Offidani, fue condenado por ser partícipe secundario bajo la misma carátula del expediente. En este sentido, cabe señalar que al hombre de 48 años se le concedió una pena única de 15 años de prisión al tener una pena anterior del primer juicio por venta de drogas.
El hecho. El 8 de octubre de 2016 Pablo Offidani y Matías Farías –quienes vendían drogas a adolescentes en cercanías a escuelas de Mar del Plata– llevaron a Lucía hasta una vivienda y abusaron sexualmente de ella.
La fiscal de la causa en aquel momento informó que la joven había sido violada y empalada, y que había fallecido como consecuencia del brutal ataque.