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Vence el plazo para pagar el aguinado: ¿hasta cuándo hay tiempo?

El aguinaldo, también conocido como Sueldo Anual Complementario, forma parte de las remuneraciones que los trabajadores en relación de dependencia reciben en la República Argentina. Y según la ley, existe un plazo para abonarlo.

Cobro del aguinaldo
Cobro del aguinaldo | Cedoc Perfil

Los trabajadores en relación de dependencia perciben el aguinaldo en los meses de junio y diciembre de cada año. Según lo establecido en la Ley Nacional N° 27.073, el plazo límite para el pago de la primera parte del Sueldo Anual Complementario es el 30 de junio de 2024.

¿Qué es el aguinaldo?

El aguinaldo, también conocido como Sueldo Anual Complementario, forma parte de las remuneraciones que los trabajadores en relación de dependencia reciben en la República Argentina.

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Este derecho se incorporó en 1945 junto con otras conquistas laborales, como las vacaciones pagas y el régimen indemnizatorio. En 1974, estas conquistas fueron incluidas en la Ley de Contrato de Trabajo, que actualmente refleja su vigencia a través del artículo 122, que establece:

"El sueldo anual complementario se abonará en dos cuotas: la primera vence el 30 de junio y la segunda el 18 de diciembre de cada año".

El plazo está regulado por la modificación de la Ley Nacional N° 27.073, la cual tuvo como objetivo principal asegurar que los trabajadores tengan fecha cierta de cobro del SAC, pero a su vez que cobren la segunda cuota del aguinaldo antes de las fiestas de Navidad y Año Nuevo.

Cobro del aguinaldo

Aunque el 30 de junio es la fecha límite para el pago del Aguinaldo por parte de los empleadores, algunas empresas pudieron abonarlo antes, lo cual en los tiempos que se viven no es poca cosa.

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En resumen, según el régimen jurídico laboral de la República Argentina, todo trabajador en relación de dependencia debe recibir un total de 13 remuneraciones anuales, las cuales se dividen de la siguiente manera:

12 remuneraciones mensuales.

½ remuneración el 30 de junio.

½ remuneración el 18 de diciembre.

Total: 13 remuneraciones.

¿Cuándo se cobra?

El aguinaldo se paga en dos cuotas según lo establecido en la Ley Nacional N° 27.073:

  • 1ª cuota: 30 de junio.
  • 2ª cuota: 18 de diciembre.

Sin embargo, a pesar de que el aguinaldo se paga semestralmente, este se va acumulando día a día. Esto significa que cuando se finaliza la relación laboral, sin importar la causa de la terminación (por ejemplo, renuncia, despido con o sin justa causa, etc.), el trabajador tiene derecho a recibir la proporción correspondiente del aguinaldo devengado durante el semestre en el que se termina el vínculo laboral.

Este rubro es irrenunciable y se abona junto con la liquidación final e indemnizaciones en la cuenta sueldo del trabajador.

¿Cómo se calcula el aguinaldo?

El aguinaldo se calcula como el cincuenta por ciento (50%) de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto durante los dos semestres que finalizan en los meses de junio y diciembre de cada año. En el cálculo se incluyen los siguientes rubros:

  1. Salario básico.

  2. Presentismo.

  3. Antigüedad.

  4. Adicionales del convenio colectivo aplicable.

  5. Adicionales de la empresa.

  6. Horas extras.

En el caso de que se pague antes, como sucede en diciembre (pago el 18 de diciembre), si dicho mes es el que tiene la mayor remuneración en la base de cálculo (ya que para calcular el aguinaldo anticipado se toma como referencia la máxima remuneración entre julio y noviembre), la diferencia se debe integrar con el pago del salario de diciembre, lo cual generalmente ocurre en los primeros días de enero.

* Abogado laboralista