La información es una poderosa herramienta con la que cuentan los ciudadanos para el control de los gobiernos. Un pueblo sin conocimiento está amputado de pensamiento crítico y, por tanto, manipulable y sometido. Así, desde tiempos antiguos, y en la actualidad como nunca, el saber y sus fuentes han sido un valioso recurso que las élites y las esferas de poder han custodiado con celo.
Como muchos otros mandatarios, Javier Milei no convive bien con la crítica. Pero su accionar a la hora de imponer un relato propio ha ido más allá de lo meramente discursivo, incurriendo en restricciones a la difusión de información. El reciente decreto 780/2024 que regula y limita el acceso a la información pública firmado por el Presidente se alinea con este propósito de sustraer a la población de un bien tan preciado como lo es el conocimiento.
En primer lugar, el decreto reglamentario amplía la información que queda por fuera del “interés público”; es decir, a partir de esta normativa, hay menos cuestiones que se engloban dentro de la noción de interés público y que pueden quedar en la sombra y la opacidad gubernamental.
En segundo lugar, el decreto expande el secreto en manos del Estado, lo que significa que cierta hay información que éste podrá clasificar de tal manera que permanecerá oculta.
La regulación introduce altas dosis de discrecionalidad, al dejar a criterio de funcionarios la definición sobre lo que es o no, un documento público y qué información puede ser considerada de la esfera privada de las autoridades.
Esta medida no afecta solo a las ONG y a los medios de comunicación, sino a toda la sociedad
Del mismo modo, el decreto sustrajo de la difusión la entrega de los documentos preparatorios o que forman parte del proceso de toma de decisiones, o donde podrían figurar los fundamentos de la implementación de las políticas públicas.
Esta medida no solo afecta a medios y ONGs, sino a toda la sociedad, que de ahora en más tendrá menos conocimiento sobre temas de interés público.
Previo a la existencia del decreto, el Gobierno resistía la entrega de información de indudable naturaleza pública; con la sanción de este decreto, se terminar de naturalizar esta práctica. Recientemente, la ministra de Seguridad de la Nación negó a Amnistía Internacional información sobre los operativos de seguridad de junio y abril de 2024, que incluyeron el uso de armas menos letales como gases lacrimógenos, tanques hidrantes y balas de goma que fueron usadas de manera indiscriminada y desproporcionada contra quienes se manifestaban pacíficamente.
Es por gobiernos opacos que el derecho internacional de los derechos humanos les ha conferido a las sociedades con el poder del acceso a la información pública: las autoridades estatales deben regirse por el principio de máxima divulgación, el cual establece la presunción de que toda información es accesible.
La sanción de este decreto restrictivo no es menor en la era de las fake news, donde la búsqueda de la concentración del saber marida con narrativas violentas el ataque a la prensa. La tarea de los periodistas consiste en revelar lo que las administraciones desean ocultar y, por eso, es incómoda.
Por todo esto desde Amnistía Internacional –junto a más de setenta organizaciones de la sociedad civil de todo el mundo– solicitamos que se derogue el Decreto 780/2024. Sabemos que restringir el derecho de acceso a la información pública es afectar un derecho humano esencial y, de modo indirecto, otros derechos.
*Directora ejecutiva de Amnistía Internacional Argentina.