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Registro Automotor: avances, dudas y retrocesos en los cambios implementados por Cúneo Libarona

Para modernizar y digitalizar los trámites, volvió a cambiar la modalidad para matricular automóviles y máquinas agrícolas o transferir esos dominios. ¿Fue para mejor o significa ir de contramano en marcha atrás?

Mercado Automotor - Córdoba
Mercado Automotor | Cedoc

El pasado 2 de septiembre, se publicaron en el Boletín Oficial una serie de normativas que modifican aspectos clave del sistema de registros automotores en Argentina. Estas nuevas reglas, contenidas en resoluciones del Ministerio de Justicia, encabezado por Mariano Cúneo Libarona, y disposiciones de la Dirección Nacional de los Registros de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios (DN), apuntan a modernizar y digitalizar los trámites vinculados a la matriculación de automóviles, maquinarias agrícolas y la transferencia de estos bienes. Pero, ¿qué cambió y qué sigue igual? ¿En qué avanza y en qué retrocede la seguridad jurídica de los ciudadanos?

Entre las principales modificaciones se encuentra la creación del Legajo Digital Único (LDU) y el Certificado Digital Automotor (CDA), ambos alojados en el Sistema Único de Registración de Automotores (SURA). Este paso hacia la digitalización busca simplificar los procesos y eliminar la dependencia del papel. De este modo, la documentación que antes requería una validación física ahora estará disponible de manera digital para su gestión y consulta. De todas formas, para esto haría falta que el usuario tenga firma digital que hoy no la tiene.

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Uno de los cambios más significativos es la eliminación de los polígonos de competencia territorial. Ahora, cualquier usuario podrá realizar sus trámites de inscripción o transferencia en el registro automotor de su preferencia. Esto se presenta como una medida orientada a brindar mayor flexibilidad y opciones a los ciudadanos. Pero, en este punto, cabe aclarar que los aranceles registrales seguirán siendo exactamente los mismos en todo el país: el 1% del valor del auto. Luego, con el resto de los trámites que tienen un arancel, los mismos seguirán siendo previstos por el Ministerio de Justicia, es decir, ningún registro puede cobrar algo diferente de lo que establece el Ministerio.

Registro automotor
Dirección Nacional de los Registros de la Propiedad Automotor.

Más allá de estos cambios, desde la Asociación Argentina de Encargados de Registros de la Propiedades del Automotor (AAERPA), observamos que aún quedan cuestiones por aclarar y creemos que es necesario matizar algunas de las expectativas que se han generado en torno a estas medidas.

Lo que no cambia

En primer lugar, es fundamental resaltar que las obligaciones fiscales de los ciudadanos siguen intactas. Aunque los registros automotores ya no estarán a cargo de cobrar impuestos como las patentes, el Impuesto de Sellos o las multas de tránsito en lo que se conoce como Ventanilla Única, esto no significa que el usuario esté eximido de pagarlas. Simplemente, el pago de estos impuestos deberá realizarse a través de los canales correspondientes de cada provincia o municipio, como Rentas o las oficinas digitales y físicas habilitadas para tales fines. Es decir, se elimina la facilidad de la Ventanilla única, retrocediendo el sistema a unos 20 años atrás.

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Es importante recalcar que no realizar estos pagos en tiempo y forma podría generar problemas para el titular del vehículo. Las autoridades fiscales provinciales o municipales continuarán monitoreando el cumplimiento de estas obligaciones y podrán reclamar el pago de las mismas con los intereses correspondientes si no se cancelan oportunamente. Es decir, que aunque el registro no exija estos pagos en el momento del trámite, el usuario no debe interpretar que estos tributos han sido eliminados.

Asimismo, los aranceles registrales se mantienen uniformes en todo el territorio nacional, y ningún registro tiene la facultad de modificar los valores establecidos por el Ministerio de Justicia. Este aspecto es crucial para que los usuarios sepan que los costos de los trámites siguen siendo los mismos sin importar el registro que elijan para su trámite, reforzando la igualdad y la transparencia en el sistema.

La ventanilla única: de simplificación a dispersión

Uno de los puntos que más confusión puede generar para los usuarios es el fin de la llamada "ventanilla única" en los Registros Seccionales. Hasta ahora, el sistema permitía que, al momento de realizar una inscripción o transferencia de vehículos, el ciudadano pudiera abonar en el mismo lugar todos los impuestos y tasas vinculados al trámite, como patentes, multas o sellos. Con la implementación de estas nuevas disposiciones, esa centralización deja de existir.

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Ahora, el contribuyente deberá gestionar esos pagos directamente con los organismos recaudadores pertinentes, como las Rentas provinciales o los municipios, ya sea a través de sus portales digitales o en oficinas físicas. Esto significa que, aunque los Registros ya no serán responsables de exigir el cumplimiento de estos pagos, las obligaciones fiscales continúan vigentes, y no realizarlas podrá acarrear sanciones o intereses adicionales por parte de las autoridades tributarias correspondientes.

Desde AAERPA entendemos que la modernización y digitalización de los procesos registrales es un paso adelante, pero también creemos que es necesario aclarar que estos cambios no suponen una exoneración de las obligaciones fiscales ni una modificación en los costos de los trámites registrales. Nuestro compromiso es acompañar este proceso, garantizando que la información sea clara y que los usuarios puedan transitar este nuevo escenario con la tranquilidad de que sus derechos y deberes están protegidos.

*Presidente de AAERPA (Asociación Argentina de Encargados de Registros de la Propiedad del Automotor)