La Corte Interamericana de Derechos Humanos condenó finalmente al Estado argentino por no haber adoptado medidas razonables para prevenir el atentado del 18 de julio de 1994 contra la sede de la AMIA y la DAIA en Buenos Aires, así como por no haber cumplido con su deber de investigar con la debida diligencia y dentro del plazo razonable ni el propio gravísimo atentado ni su posterior encubrimiento, en el que intervinieron las propias agencias de gobierno.
Sobre la prevención, la Corte Interamericana tuvo por acreditado que el Estado fue negligente y no tomó medidas razonables tendientes a evitar un nuevo atentado y a proteger un edificio que era un potencial blanco, pese a las alertas recibidas. Luego del atentado del 17 de marzo de 1992 contra la embajada del Estado de Israel, las agencias de inteligencia tenían identificados a quienes se consideraba sospechosos de haberlo concretado y estaba en aviso de que habrían de atacar otra vez en Buenos Aires, con la misma modalidad que el anterior.
Esta advertencia fue transmitida por el servicio colateral israelí y también era una conclusión que manejaba el delegado que la SIDE poseía en ese país. Las alertas estaban fundamentadas en la respuesta que podría darse en el marco de la Yihad Islámica por al avance de los ataques del ejército israelí en el sur del Líbano. Y en el mismo sentido, los cables diplomáticos desclasificados dieron cuenta de las alertas recibidas tras el secuestro allí de un destacado dirigente integrista y el bombardeo de un campamento a comienzo de junio, tras lo cual los servicios de la inteligencia dispusieron, para aquel servicio colateral, la interceptación de las comunicaciones de aquellos sobre los que recaían las sospechas y la intensificación de su seguimiento.
“La batalla contra Israel se habría abierto a todos los frentes”, advirtió el mensaje diplomático. Se amenazaba con una represalia “espectacular” y que incluso se estaba considerando utilizar un coche bomba en venganza del ataque aéreo israelí”. “Esperen a julio”, habían anunciado: “Devolverán el golpe y será brutal”.
Cometido ya el atentado, la Corte Interamericana destacó que desde un inicio el Estado utilizó su propia capacidad e institucionalidad para desviar la investigación: “De esta forma, se combinaron problemas estructurales, una falta de voluntad política y un actuar doloso de agentes estatales para obstaculizar la investigación, lo que impide, casi treinta años después del atentado, conocer la verdad de los hechos y sancionar a sus responsables”.
Al otro día del atentado comenzaron ya las operaciones con destino a aportar una solución falsa del caso y ya a pocas semanas, los cables de la embajada de Estados Unidos señalaban la misma conclusión, “dolorosamente evidente”: “Las autoridades argentinas parecen perdidas en producir pruebas fuertes para vincular a cualquier persona o grupo con los bombardeos. En 1992 fracasaron totalmente y en 1994 sus esfuerzos están claramente fracasados”. Treinta años después, la Corte Interamericana concluye en su condena que los agentes estatales actuaron de forma articulada con el propósito de construir una hipótesis acusatoria sin sustento fáctico, lo que favoreció el encubrimiento de los verdaderos responsables de los atentados, impidiendo una investigación diligente que permitiera a las víctimas, y a la sociedad en general, conocer la verdad de los hechos y sancionar a los responsables.
La Corte cuestionó la conducción deficiente de todo el desarrollo de la investigación posterior y que a casi treinta años del ataque, continúa sin conocerse la verdad de lo sucedido y no ha habido sanción para los responsables del atentado ni para los responsables de su encubrimiento: “Ha sido la propia actuación estatal la que ha impedido a las víctimas y a sus familiares conocer la verdad de los hechos a través de la investigación y el proceso penal”.
La Corte declaró, además, la responsabilidad de Argentina por no haber garantizado un acceso real a la documentación sobre el atentado. Y dispuso diversas medidas de reparación y entre ellas especialmente que el Estado deberá remover “todos los obstáculos, de facto y de jure, que mantienen la impunidad total en este caso e iniciar, continuar, impulsar y/o reabrir las investigaciones que sean necesarias para individualizar, juzgar y, en su caso, sancionar a los responsables de los hechos del presente caso y establecer la verdad de lo ocurrido”.
En tal sentido, la propia Corte Interamericana destacó que el Estado argentino ha mantenido como hipótesis que en los dos atentados estuvo involucrado el mismo grupo, el cual era objeto de medidas de vigilancia desde por lo menos 1992, y que a lo largo de las diferentes investigaciones se ha demostrado una conexión entre ambos hechos.
Surge evidente entonces que el avance que se reclama de las investigaciones no debería ya seguir concretándose en trámites separados como ha sucedido a lo largo de estos treinta años.
* Autor de 30 días, la trama del atentado a la AMIA.