En diálogo con Modo Fontevecchia, por Net TV y Radio Perfil (AM 1190), Guillermo Díaz Martínez, juez federal del Juzgado Federal N° 2 de Catamarca, indicó que la resolución que ordena a la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) restablecer las pensiones por discapacidad, denominadas de "invalidez laboral", suspendidas en Catamarca “puede ser apelable”, aunque advirtió que la Corte Suprema ya fijó pautas sobre que podrían darle a la sentencia efectos expansivos para todo el país.
Guillermo Díaz Martínez es juez federal del Juzgado Federal N° 2 de Catamarca ordenó que la ANDIS devuelva las pensiones por invalidez en esa provincia. El Gobierno tiene 24 horas para actuar. El fallo solo tiene validez en esa provincia, pero puede servir como precedente para otras cautelares.
Cómo le quitaron las pensiones a los discapacitados que no fueron auditados
¿Cómo imagina usted, doctor, que va a impactar este fallo en futuros fallos similares y qué imagen tiene usted que podría suceder si el Gobierno no lo cumple?
Todos los fallos judiciales son para cumplir y, si no se cumplen, tienen su consecuencia, si bien esta cautelar puede ser apelable. La Corte Suprema de Justicia de Argentina en el año 2014 y 2016 dictó acordadas que establecen lo que es el proceso colectivo. Establece que los jueces federales deben acatar este procedimiento cuando entendemos que estamos en presencia de un proceso que tiene esas características. Entonces, debemos solicitar y requerir informe a la Corte Suprema de procesos colectivos para que nos informe si hay algún proceso parecido o idéntico de cuestiones similares que se debatan. En el caso que no, tendría que inscribirlo como un proceso colectivo. Esto es muy importante porque si esto sucede así, la sentencia, en el caso Catamarca, tendría efectos expansivos para el país. Por el momento la cautelar es para la provincia de Catamarca.
Cómo le quitaron las pensiones a los discapacitados que no fueron auditados
¿Dónde sería apelable? ¿Y cuál es su expectativa, en el caso de ser apelado, de cuál va a ser el fallo en la instancia superior?
La instancia superior es la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, nuestro tribunal de alzada. Hemos dictado esta cautelar con los elementos básicos que se necesitan, como la verosimilitud en el derecho. En esta causa se presentó el defensor del pueblo de la provincia de Catamarca, el doctor Dalmacio Mera, junto a una asociación de larga trayectoria y prestigio en la provincia, en defensa de las personas con discapacidad, como Apifadín. Además, se presentaron seis ciudadanos de distintos departamentos de nuestra provincia. Y esto ha presentado distintos elementos, siempre teniendo en cuenta que estamos en un marco de provisoriedad, que no necesita la certeza que se requiere en las cuestiones de fondo.
Por lo tanto, se han acreditado, según lo que nos arrimaron estas partes, que son legitimados, que pueden representar y que se han visto afectados por estas suspensiones que habrían sido de manera masiva e indiscriminada. Hay situaciones en que se han dado con la notificación porque no habían sido depositados en sus cuentas el haber, la pensión. Otros han sufrido, según lo que alegan, revisaciones médicas en las cuales no han ido con las formalidades. Después, por ejemplo, otras personas tuvieron que ir al Correo Argentino, y el tenor de esas cartas era de un lenguaje muy técnico para estas personas que no entendían de qué se trataba esto. Hay una casuística infinita que ha puesto el defensor del pueblo y esta asociación, en la cual esto ha provocado incertidumbre frente a esta suspensión.
Estas suspensiones se dan en el marco del decreto 843/24, que establece un procedimiento de auditorías. Y además, esta cautelar tenía que proceder por el peligro en la demora, es decir, en la urgencia. Es un grupo vulnerable porque en ciertas situaciones también peligra el derecho a la vida. Es una cuestión de suma urgencia. Debe resolverse si estas suspensiones han sido acordes al procedimiento legal, constitucional, respetando el debido proceso, el derecho de defensa, o se han apartado de ahí. Pero ese es un capítulo en el que voy a entrar y me corresponde cuando la Corte Suprema, a través de procesos colectivos, me informe si hay o no algún otro proceso.
TV/MU