MODO FONTEVECCHIA
PREPAGAS

El Gobierno anunció una fórmula de aumento para las prepagas

El límite en inflación será por cinco meses. Finalmente intentado disipar la incertidumbre de los afiliados, se anunció el cálculo para retrotraer los valores a diciembre ajustados por inflación.

Osde, una de las empresas de medicina prepaga
Osde, una de las empresas de medicina prepaga | NA

El Gobierno, tomó la posta y aclaró la fórmula de cálculo para determinar cómo deben aplicar el cálculo al momento de facturar las empresas de medicina prepaga, los meses de abril y mayo de este año. Ello ante la creciente ola de reclamos y denuncias en redes que daban cuenta del incumplimiento de las empresas de salud privada, ante la orden de retrotraer los precios de las cuotas de los afiliados a valores de diciembre de 2023, con aplicación del índice IPC registrado en lo que va del año.

Con el objetivo de poner paños fríos a la falta de calma de los usuarios de medicina privada, la Secretaría de Comercio difundió un comunicado aclarando que las empresas prepagas están autorizadas a aplicar un aumento en las cuotas con tope máximo del 114,6%, tomando como base los valores vigentes al mes de diciembre de 2023. Cabe señalar que el porcentaje dispuesto por el Gobierno como límite, surge por aplicación de la inflación acumulada para el periodo comprendido entre noviembre 2023 y marzo 2024.

El Gobierno oficializó la fórmula que las prepagas deberán seguir para aumentar las cuotas | Perfil

Esto no les gusta a los autoritarios
El ejercicio del periodismo profesional y crítico es un pilar fundamental de la democracia. Por eso molesta a quienes creen ser los dueños de la verdad.
Hoy más que nunca Suscribite

Diciembre como base de cálculo

Mediante un comunicado oficial que se difundió en el sitio de la Secretaría de Comercio este jueves apenas pasado el mediodía, el Gobierno definió con precisión la fórmula que deberán aplicar las empresas de medicina prepaga. Cabe mencionar, que esta fórmula aplica a las compañías que quedaron alcanzadas por la resolución de la Secretaría de Comercio que ordenó retrotraer los valores de las cuotas. 

En ese contexto, se habilitó a las empresas de salud privada la aplicación de un aumento, que según el caso y mes que se deba facturar para el cobro, aplicará porcentuales máximos establecidos en el 93,3% o un 114,6%, siempre partiendo del valor facturado y cobrado a los afiliados en diciembre último, y según se liquide abril o mayo respectivamente.

El comunicado explicó en detalle que “en el marco de la medida de tutela anticipada de la Secretaría de Comercio sobre los planes de salud médico-asistenciales, se aclara que el valor de cuota de referencia para la aplicación de los aumentos máximos será el correspondiente a la cuota de diciembre de 2023, independientemente de su fecha de pago o facturación”.

Y agregó, ya en lo concreto sobre la forma de cálculo: “Estos valores no podrán superar la cuota del plan de salud médico asistencial del mes de diciembre de 2023 multiplicada por (1 + la variación porcentual entre el Índice de Precios al Consumidor nivel general con cobertura nacional elaborado por el INDEC vigente al momento de la facturación correspondiente, y el mismo Índice correspondiente a diciembre de 2023)”.

En abril la inflación volvió a ser de un dígito tras cinco meses, según las consultoras | Perfil

Un comunicado y dos cálculos

“Para calcular el valor máximo de la cuota actual (dependiendo el caso podría ser de abril o de mayo), se deberá aplicar un ajuste, cómo máximo del 93,3% para la cuota de abril (es decir la inflación acumulada entre los meses de noviembre a febrero). Mientras que para la cuota de mayo se deberá aplicar como máximo un ajuste del 114,6% (es decir, la inflación acumulada en los meses de noviembre a marzo).

Para dejarlo más claro aún, y despejar cualquier duda en los afiliados al momento de controlar y verificar que su prepaga le haya aplicado el porcentaje correcto en la factura ajustada, el comunicado ejemplifica: “Si la cuota es de abril, se deberá multiplicar el valor de la cuota de diciembre por 1,933 (si la misma se facturó después del 17 abril). Si la cuota es de mayo se deberá multiplicar el valor de la cuota de diciembre por 2,146”.

Ahondó con precisión, que “en el caso de las facturas previas al 17 de abril, el descuento se verá aplicado en la próxima factura”.

Prepagas: cómo serán los aumentos futuros y cuánto van a devolver las empresas tras el anuncio del Gobierno | Perfil

Solo vigente hasta septiembre

Asimismo, el anuncio oficial explicó que “es importante destacar que este mecanismo de ajuste con un límite en la inflación registrada, estará vigente por los próximos 5 meses, es decir hasta septiembre”.

Por consiguiente, el tope que se aplicará a los aumentos que podrán aplicar las empresas prepagas no será indefinido. Está anticipado, que una vez transcurridos cinco meses, las empresas quedarían liberadas del límite máximo dispuesto.

¿Qué empresas deben aplicar la fórmula?

“El alcance de la medida es para todos los asociados de las empresas alcanzadas por la medida de tutela anticipada que dictó la Secretaría de Industria y Comercio, a partir del dictamen de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC). Esta medida no discrimina entre usuarios individuales, corporativos y derivados”.

Puntualmente, el comunicado mencionó cuales deberán acatar la fórmula de cálculo publicada. “Las empresas alcanzadas por la medida son: OSDE, Swiss Medical, Galeno, Omint, Medifé, Hospital Alemán, Hospital Británico”.

Canal de denuncias

Asimismo, tal como se había adelantado en el Tweet del ministro de Economía, Luis Caputo, se habilitó una vía para recibir formalmente las denuncias ante compañías incumplidoras. 

“En caso de que las empresas se nieguen a limitar el ajuste correspondiente, los usuarios se pueden comunicar al 0800-666-1518, que es línea gratuita de la Dirección de Defensa al Consumidor o a [email protected]. Mientras que para formular denuncias, ingresar a www.argentina.gob.ar/defensadelconsumidor”.

Multa “muy grande” a las prepagas

En comunicado concluye, aclarando cuál será la sanción que se aplicará a las empresas prepagas que no acaten lo dispuesto. “Si se comprueba el incumplimiento por parte de las empresas de medicina prepaga se aplicará una multa diaria equivalente al 0,1% de la facturación del grupo económico, de acuerdo a lo establecido en la Ley 27.442, Ley de Defensa de la Competencia”.

Puntualmente, respondió anticipando la aclaración de la fórmula, a una usuaria que le reprochó el incumplimiento de las empresas de salud obligadas a retrotraer los aumentos: “Las prepagas no cumplieron. Llegaron las facturas y no es lo acordado”. 

El Gobierno oficializó la fórmula que las prepagas deberán seguir para aumentar las cuotas | Perfil

El desfasaje: la justificación para los aumentos

En esa línea, estos días las empresas enviaron notificaciones a sus afiliados. Tal es el caso de la prepaga Swiss Medical, que informó mediante una nota que aplicaría una baja según lo explicado: “la cuota correspondiente al mes de mayo será un 22,22% menor a la notificada el día 27 de marzo del corriente ".Es muy importante para nosotros transmitirle que los incrementos realizados en estos meses son el resultante de reducir, en parte, el gran desfasaje generado entre el aumento de nuestra estructura de costos y las cuotas autorizadas por la autoridad competente hasta diciembre de 2023. Este desfasaje se acentuó de forma exponencial en el último trimestre del 2023, en el que terminó por generar una diferencia acumulada del 62,6% entre la inflación y las cuotas de medicina prepaga”, señaló agregó el texto.

FM