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Tipos de contratos de alquiler en Tu Nuevo Hogar en Valencia

España ofrece diversas opciones de alquiler, adaptadas a las necesidades específicas de cada inquilino, según Silvina Maceratesi, titular de @TuNuevoHogarenValencia.

Tipos de contratos de alquiler en Tu Nuevo Hogar en Valencia
Tipos de contratos de alquiler en Tu Nuevo Hogar en Valencia | CREDITO PERFIL

Los tres principales tipos de contrato son el alquiler vacacional, el alquiler temporal y el alquiler de larga estancia. Cada modalidad está regulada por la Ley de Arrendamientos Urbanos y presenta características particulares.

Alquiler Vacacional: Ideal para Estancias Cortas
Diseñado para quienes visitan España por un breve periodo, generalmente inferior a tres meses. Cuentan con licencias específicas y están totalmente equipadas, incluyendo servicios como luz, gas, agua e internet, cuyo coste se paga de forma anticipada. Este tipo de alojamiento no permite empadronarse.

Alquiler Temporal: Flexibilidad con Limitaciones
Regulado por la Ley de Arrendamientos Urbanos, es ideal para quienes necesitan una vivienda por motivos de estudio y laborales. Aunque la duración máxima suele ser de 11 meses, existe la posibilidad de extender el contrato siempre que se justifique su temporalidad. A diferencia del alquiler vacacional, estos inmuebles no suelen incluir suministros, y los gastos de comunidad son responsabilidad del propietario, al igual que en los alquileres larga estancia.

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Para empadronarse en una vivienda temporal, el contrato debe ser de al menos seis meses. Si el inquilino decide finalizar el contrato antes de la fecha acordada, generalmente deberá pagar una penalidad correspondiente a los meses restantes.

Alquiler de Larga Estancia: Vivienda Habitual
Está destinado a personas que requieren una vivienda de forma permanente. Tienen un primer año de obligado cumplimiento, aunque pasados los 6 primeros meses se puede desistir del contrato con una penalización equivalente a una mensualidad proporcional con los meses que restan cumplir para llegar al año.

Éstos contratos se prorrogan automáticamente hasta cinco años, si el propietario es un particular, y siete si es una empresa. Además, se pueden extender tres años adicionales si ambas partes están de acuerdo.

Incluye ajustes anuales vinculados al índice INE, en los contratos que se hayan firmado después de la entrada en vigor de la Ley de Vivienda, el 25 de mayo de 2023. Los anteriores a dicha fecha se actualizarán conforme a lo que hayan establecido las partes en el contrato.

Fianzas y Garantías
En los temporales son dos meses de fianzas.
En los larga estancia es una mensualidad y en algunos casos se pide otro mes de garantía adicional.
El reembolso, se realiza dentro de los 30 días posteriores a la devolución de las llaves, siempre que no existan daños o deudas pendientes.

Para evitar conflictos, es fundamental documentar el estado del inmueble al inicio del contrato mediante un inventario o reportaje fotográfico, y firmar la recesión del contrato al finalizarlo.

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