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Poco a poco se abre el mercado cambiario

Mediante la Comunicación A 8122 publicada en el día de ayer por el BCRA se flexibiliza el acceso al MULC para el pago de servicios de fletes vinculados a las exportaciones. Esta decisión se suma a otras tomadas en los últimos días que muestran que poco a poco, para el sector productivo se abre el mercado cambiario. Galería de fotos

Poco a poco se abre el mercado cambiario
Poco a poco se abre el mercado cambiario | CREDITO PERFIL

Ayer el Banco Central publicó la Comunicación A 8122 mediante la cual se establece que “Se establecen los plazos en que puede accederse al mercado de cambios para pagar servicios de no residentes que fueron o serán prestados a partir del 13/12/23, al siguiente: el pago corresponde a una operación que encuadra en el concepto “S31. Servicios de fletes por operaciones de exportaciones de bienes” en la cual los fletes forman parte de la condición de venta pactada con el comprador de los bienes y se concreta una vez que la exportación cuenta con el cumplido de embarque otorgado por la Aduana.” Esto implica que se podrán cancelar los fletes de exportación, cuando estos estén incluidos en la condición pautada con el comprador - por ejemplo, CFR o CIP o CIF -, al momento en que la exportación cuenta con el cumplido de embarque otorgado por la Aduana.

Hasta ahora los fletes vinculados con la exportación, a diferencia de los de importación, no recibían un tratamiento diferenciado y por ello se podían cancelar - en términos generales -, una vez que hubieran pasado los 30 días de la efectiva prestación del servicio, que se consideraba cumplido cuando la mercadería llegaba a destino.

También se publicó la Comunicación A 8121 mediante la cual se elimina la exigencia adicional de capital mínimo para las financiaciones en moneda extranjera que los bancos concedían a empresas agropecuaria que mantenían un acopio de su producción por un valor superior al 5% de su capacidad de cosecha anual.

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Estas dos medidas se suman a la decisión que tomó la autoridad monetaria con la Comunicación A 8118 mediante la cual se estableció que todas las importaciones de bienes que se oficializan desde el 21/10/24 podrán cancelarse transcurridos 30 días corridos de la fecha de registro aduanero. Reduciendo sustancialmente los plazos para una importante cantidad de productos.

Poco a poco el mercado cambiario va camino a la normalización, y aunque quedan grandes cuestiones pendientes como permitir el pago anticipado para todos los casos, y no situaciones particulares, o terminar de regularizar deuda pendiente de 2023 en el contexto actual y tomando de referencia el punto de partida el avance fue significativo. Considerando que más del 70% de las importaciones están destinadas a abastecer las cadenas productivas del país, toda simplificación, desburocratización y flexibilización reduce costos, y mejora las condiciones para permitir un correcto desarrollo de la industria nacional y de la economía.

Contacto

Lic. Yanina S. Lojo

Titular Consultora Lojo

www.consultoralojo.com

@mg.yaninaslojo