ECONOMIA
NUEVO BENEFICIO

Qué jubilados pueden pedir la exención de ABL de CABA que ya está disponible y cómo hacer el trámite

El jefe de Gobierno de la CIudad de Buenos Aires, Jorge Macri, anunció la exención del ABL para un grupo importante de jubilados. Qué requisitos se necesitan para ser alcanzados por el beneficio que ya está disponible

Jubilados
Más de 40 mil jubilados y pensionados bonaerenses podrán tramitar la exención del impuesto inmobiliario | ARBA

El Jefe de Gobierno, Jorge Macri, anunció este martes 7 de enero una serie de medidas de alivio fiscal que tendrán impacto directo en más de medio millón de habitantes de la Ciudad de Buenos Aires, entre ellas la exención para los jubilados del impuesto al Alumbrado, Barrido y Limpieza conocido tradicionalmente como ABL que ampliará su alcance a más adultos mayores.

Según datos provistos por Laura Alonso, la vocera del gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, sobre un padrón de aproximadamente 600.000 jubilados y pensionados en el distrito, hasta el día de la fecha hay 78.678 beneficiarios exentos, total o parcialmente, del pago del impuesto al Alumbrado, Barrido y Limpieza (ABL).

Cambios en el ABL porteño: en 2025 se ajustará por inflación y por zonas geográficas

Con la nueva propuesta, que fue ya aprobada por la Legislatura porteña, a partir de este año 2025 se actualizan los requisitos solicitados, permitiendo que más jubilados y pensionados accedan a este beneficio. El jefe de Gobierno Jorge Macri estimó que unos 37.000 jubilados serán alcanzados por el beneficio en esta etapa.  

Requisitos para tener la exención de ABL en CABA si soy jubilado

Se tomará como referencia la Valuación Fiscal Homogénea del inmueble con un valor máximo de $40 millones (hasta ahora era de sólo $75.000).

Además, se podrá acceder a la exención del 100% del ABL percibiendo un haber igual o menor a cuatro veces la jubilación mínima, es decir, aproximadamente $1.063.000.

"En el esquema anterior, la exención podía ser parcial o total: la escala del beneficio iba desde el 25%, 50%, 75% o 100%, de acuerdo al valor del inmueble", detalló la vocera del gobierno porteño Laura Alonso; al tiempo que agregó que "con la nueva actualización, con sólo cumplir los dos requisitos actualizados, automáticamente se obtiene la exención del 100% del impuesto". 

Sobre la Valuación Fiscal Homogénea de un inmueble en CABA 

La  Valuación Fiscal Homogénea (VFH es el nuevo valor fiscal de una propiedad.

Se calcula considerando el valor económico e incidencia del terreno según ubicación geográfica y entorno y la incidencia comercial del distrito, por un lado, y el valor real de edificación según la categoría, destino, calidad y características. 

Nunca podrá ser superior al 20% del valor de mercado de la propiedad.

Para hacer una consulta sobre la VFH se puede visitar el site de AGIP

Valuación fiscal de inmuebles en CABA 2025

Paso a paso del trámite para pedir la exención del ABL en CABA si soy jubilado en 2025

Este trámite permite solicitar la exención total del Inmobiliario/ABL  (100% sobre el % de titularidad del inmueble) a Jubilados y Pensionados que reúnan las siguientes condiciones conforme lo establecido en el Código Fiscal y Ley Tarifaria vigente:

  • Ser propietarios, condóminos, usufructuarios o beneficiarios del derecho de uso de un único bien inmueble destinado a vivienda propia.
  • Ocupar efectivamente el inmueble.
  • No ser titulares de dominio o condóminos de otro u otros inmuebles urbanos o rurales en el ámbito del territorio nacional.
  • Percibir un haber igual o menor de 4 (cuatro) jubilaciones mínimas a diciembre 2024, es decir aproximadamente $1.063.000.
  • La valuación no debe exceder del importe que establezca la Ley Tarifaria para el año a partir del cual se solicita la exención. En este caso el valor se fija con la Valuación fiscal homogénea (VFH): hasta $ 40.000.000.

Jubilados


Qué documentación es obligatoria para hacer el trámite

  • DNI del beneficiario.
  • Último recibo de haber jubilatorio o de pensión.
  • Título de la propiedad.
  • Si es inquilino, Contrato de locación vigente en el que conste la obligación de pago.
  • Si es usufructuario, Escritura con usufructo. 
  • Formulario "Solicitud de Exención Jubilados y Pensionados" que podrá descargar al pie de esta página.

 

lr