ECONOMIA
Medicina privada

Prepagas: la Justicia declaró inconstitucionales a los aumentos del DNU

La Cámara Federal de Apelaciones de Paraná hizo lugar a la demanda de un usuario y determinó que la Superintendencia de Salud deberá intervenir en las subas.

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Las prepagas realizarán un reintegro a sus afiliados en 12 cuotas | Cedoc Perfil

La Cámara Federal de Apelaciones de Paraná declaró la inconstitucionalidad de los aumentos en las cuotas de una empresa de medicina prepaga en el marco del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023. Con ello quedarían sin efecto los incrementos a partir de enero de 2024.

Además, el tribunal entrerriano ordenó que la Superintendencia de Seguros de Salud vuelva a intervenir en la autorización de los incrementos en las mensualidades.

La causa, promovida por Fernando Ismael Morsentti, contra OSDE por los aumentos operados a partir de la vigencia del decreto.

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El tribunal resolvió “declarar la inconstitucionalidad de los arts. 267 y 269 del Decreto 70/2023 en cuanto derogan el inc. g) del art. 5 y el art. 17 de la ley 26.682, debiendo la Autoridad de Aplicación continuar con su tarea de 'Autorizar en los términos de la presente ley y revisar los valores de las cuotas y sus modificaciones que propusieren los sujetos comprendidos en su artículo 1' (art. 5 inc. g) de la ley 26.682, texto original)”.

prepaga

Además, “dejar sin efecto los aumentos de las cuotas de los planes fijados por OSDE a partir del mes de Enero de 2024”.

Los alcances de fallo

Según el doctor Manuel Luaces, Magister en Justicia Constitucional por la Universidad de Bolonia aseguró que “con esta declaración de inconstitucionalidad del decreto, la Superintendencia de Servicios de Salud recobra su legitimidad para autorizar el aumento de las cuotas cuando el mismo esté fundado en variaciones de la estructura de costos y razonable cálculo actuarial de riesgos".

"Además podrán establecer precios diferenciales para los planes prestacionales, al momento de su contratación según franjas etarias con una variación máxima de tres (3) veces entre el precio de la primera y la última franja etaria.”

Por su parte, el especialista en Derecho a la Salud, Manuel Luaces, señaló que "es una buena noticia para los usuarios de prepagas y es un golpe para la pretensión del gobierno nacional de desregular el mercado de medicina prepaga a través de un decreto”.

LM CP