ECONOMIA
Calendario impositivo

La AFIP prorrogó el plazo para presentar las declaraciones juradas de Ganancias y Bienes Personales

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) volvió a extender el período de presentación de la documentación respaldatoria. Cuáles son los nuevos mínimos no imponibles de ambos impuestos tras la aprobación de la reforma fiscal.

La AFIP habilitó las deducciones de Ganancias en 2024.
La AFIP habilitó las deducciones de Ganancias en 2024. | Reperfilar.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió los plazos para presentar las declaraciones juradas del impuesto a las Ganancias y a los Bienes Personales de personas humanas correspondientes al ejercicio fiscal 2023.

A través de la Resolución General 5521/2024 que se publicará el martes en el Boletín Oficial, el organismo recaudador informó que la nueva fecha de vencimiento para cumplir con la obligación será el 30 de septiembre de 2024. Previamente, el límite se había colocado en el último día hábil de julio.

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"La normativa está en línea con la adecuación de los vencimientos generales prorrogados mediante la Resolución General N° 5516/2024 y con la prórroga otorgada por la Resolución General N° 5519/2024 para la presentación del SiRADIG", destacaron desde la AFIP.

De esta manera, la entidad presidida por Florencia Misrahi otorga más tiempo a los contribuyentes con el objetivo de "favorecer el cumplimiento de sus obligaciones ante el organismo".

Ganancias y Bienes Personales: quiénes deben presentar las declaraciones juradas

Los trabajadores y jubilados que hayan percibido ingresos brutos anuales iguales o superiores a $15.917.863,58 en el año 2023 tendrán que presentar las declaraciones juradas en concepto del impuesto a las Ganancias. En cuanto a Bienes Personales, el umbral mínimo asciende a $27 millones.

A continuación, se enumeran los rubros alcanzados por Ganancias:

  • Cargos públicos nacionales, provinciales, municipales y de CABA, incluidos los cargos electivos de los Poderes Ejecutivos y Legislativos.
  • Magistrados, funcionarios y empleados del Poder Judicial nombrados a partir del 2017
  • Trabajo en relación de dependencia
  • Jubilación
  • Pensión
  • Retiros o subsidios en cuanto tengan su origen sea el trabajo personal y en la medida que hayan estado sujeto al pago del impuesto
  • Asignaciones mensuales y vitalicias reconocidas a presidentes y vicepresidentes de la Nación
  • Trabajo personal de socios de sociedades cooperativas de trabajo
  • Exentas, no alcanzadas o no computables en el impuesto a las ganancias
  • Actores que perciban sus ingresos a través de la Asociación Argentina de Actores

Ganancias

Cabe destacar que el impuesto para personas físicas abarca a los rendimientos, rentas o enriquecimientos que cumplan con el criterio de periodicidad, permanencia y habilitación de la fuente que los genera; el ingreso generado por la venta de bienes muebles amortizables e inmuebles y por la transferencia de derechos sobre inmuebles; y los resultados obtenidos por la venta de acciones, valores representativos, certificados de depósito de acciones, cuotas y participaciones sociales, monedas digitales, títulos, bonos y demás valores.

Ganancias y Bienes Personales: los cambios que introdujo la Ley Bases

A partir de la sanción de la Ley Bases y la reforma fiscal en el Congreso de la Nación, Ganancias y Bienes Personales experimentarán cambios en relación con los montos a gravar y a quiénes alcanzarán. En el primer caso, se restituyó la cuarta categoría y el mínimo no imponible para trabajadores solteros será de $1.800.000 brutos y de $2.200.000 para los casados con hijos.

Al mismo tiempo, la alícuota variará entre 5% y 35% de acuerdo al ingreso a gravar. “Un soltero con un sueldo de $1.800.000 brutos tendría un ingreso neto de aproximadamente $1.400.000 y pagaría alrededor del 1.4% de su sueldo”, calculó la contadora pública, Elisabet Piacentini, en diálogo con Canal E. Las modificaciones implicarían que vuelvan a pagar el tributo unos 800.000 trabajadores que habían quedado eximidos durante la gestión de Alberto Fernández.

Por otra parte, el paquete de leyes modificó el piso a partir del cual se abona Bienes Personales. Hasta el cierre fiscal de 2023, la cifra ascendía a $27 millones. Desde la entrada en vigencia de la nueva normativa, el número se elevará a $100 millones.

MFN CP