ECONOMIA
Facilidades

La AFIP fijó un límite a las tasas de interés en las moratorias de pequeños contribuyentes

El organismo estableció un tope de las tasas para el semestre octubre - marzo, con el objetivo de "ofrecer un alivio financiero más significativo a los contribuyentes de sectores vulnerables”.

AFIP
Finalmente el blanqueo laboral fue reglamentado por la AFIP | Agencia NA

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) fijó un tope para la tasa de financiación de las moratorias de pago para micro y pequeñas empresas, entidades sin fines de lucro y pequeños contribuyentes.

“Se trata de un beneficio para un universo de contribuyentes que posee menor capacidad contributiva”, señala el comunicado de AFIP.

Sin esta modificación, la tasa de interés a partir de octubre seguiría en 5,93% mensual ya que según la normativa original para el caso de pequeños contribuyentes, mipymes y entidades sin fines de lucro, la actualización es una vez al año en abril.

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Debido a que partir de octubre, la tasa de interés de financiamiento para medianas empresas y el resto de los contribuyentes bajó a 3,47%, ésta será la nueva tasa de interés de financiamiento para las cuotas que vencen a partir de octubre 2024 y hasta marzo 2025, de acuerdo con el Blog del Contador.

Justificación de la AFIP

Según AFIP, “estas modificaciones se enmarcan en el objetivo permanente del ente recaudador de fortalecer la economía y promover el cumplimiento de las obligaciones tributarias a través de mejoras en el acceso a los planes de facilidades de pago y ofrecer un alivio financiero más significativo a los contribuyentes de sectores vulnerables”.

De acuerdo con la resolución publicada en el Boletín Oficial, “ante la significativa disminución de la referida tasa BADLAR y a fin de reducir el costo financiero de las cuotas que vencen a partir del mes de octubre del corriente año, se estima apropiado establecer como límite para los contribuyentes de menor envergadura la tasa de interés mensual de financiamiento aplicable para las medianas empresas y demás contribuyentes”.

 

LM