ECONOMIA
Beneficio previsional

Jubilados y pensionados: cómo es el trámite para dejar de pagar el ABL en CABA

El Código Fiscal Vigente de CABA permite que un universo específico de beneficiarios de jubilaciones y pensiones queden eximidos de abonar el Alumbrado, Barrido y Limpieza. Requisitos, documentación aclaraciones.

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Jubilados | NA

El gobierno de la ciudad de Buenos Aires ofrece a un grupo específico de jubilados y pensionados la posibilidad de dejar de abonar total o parcialmente el impuesto al Alumbrado, Barrido y Limpieza, conocido de forma popular como ABL.

Esta carga impositiva grava a todos los inmuebles situados en CABA y obliga al pago de un tributo de carácter anual, dividido en 12 cuotas mensuales. El gravamen contempla la Tasa Retributiva de los Servicios de Alumbrado Barrido y Limpieza, Mantenimiento y Conservación de Sumideros y el Impuesto Inmobiliario.

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Exención del ABL para jubilados y pensionados: cuáles son los requisitos

La normativa actual permite que un conjunto determinado de jubilados y pensionados solicite la exención completa o parcial en un trámite sencillo que puede realizarse de forma virtual o presencial. Según la reglamentación definida por el Código Fiscal Vigente, se deben cumplir con las siguientes condiciones para acceder al beneficio:

  • Ser propietarios, condóminos, usufructuarios o beneficiarios del derecho de uso de un único bien inmueble destinado a vivienda propia.
  • Ocupar efectivamente el inmueble.
  • No ser titulares de dominio o condóminos de otro u otros inmuebles urbanos o rurales en el ámbito del territorio nacional.
  • Percibir un haber igual o menor al doble del salario mínimo vital o a dos veces y media de la jubilación mínima, lo que resulte mayor (tomando como referencia el valor al 31 de diciembre de 2023).
  • La valuación no debe exceder del importe que establezca la Ley Tarifaria para el año a partir del cual se solicita la exención. En este caso el valor se fija en $75.000 (tomando como referencia la valuación fiscal del inmueble vigente al año 2011).

En tal sentido, quienes perciban jubilaciones y pensiones y cumplan con las condiciones vigentes tendrán que presentar la documentación obligatoria que respalde su identidad y los papeles correspondientes a la propiedad en la que se dejará de pagar el ABL.

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Jubilados: qué documentación es obligatoria para la exención del ABL

A continuación, se detallan los requisitos necesarios para llevar a cabo el trámite:

  • DNI actualizado del beneficiario (C.I. sólo para extranjeros): original y fotocopia.
  • Último recibo de haber jubilatorio o pensión: original y fotocopia.
  • Título de la propiedad (Escritura traslativa de dominio del inmueble o declaratoria de herederos cuando correspondan): original y fotocopia.
  • Si es inquilino, contrato de locación vigente en el que conste la obligación de pago: original y fotocopia.
  • Si es usufructuario, escritura con usufructo: original y fotocopia.
  • Último comprobante de pago del impuesto: original y fotocopia.
  • Formulario "Solicitud de Exención Jubilados y/o Pensionados".

Cabe aclarar que el domicilio que figura en el DNI del jubilado o pensionado debe coincidir con la propiedad por la que solicita la exención del ABL. En caso de que el trámite lo realice un representante, se requerirá una autorización del titular con certificación de su firma y el documento nacional del interviniente ante la municipalidad porteña. En el supuesto de optar por un apoderado, tendrá que presentar un poder suscrito.

Desde el gobierno de CABA advierten que las autentificaciones de copias y las certificaciones de firma deberán ser realizadas por Escribano Público (con su firma certificada por el respectivo Colegio de Escribanos) o por Autoridad Judicial.

La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) brinda dos alternativas para realizar el trámite: online o presencial. En la primera opción, el jubilado o pensionado tendrá que ingresar en la siguiente página web https://www.agip.gob.ar/tramites/247 y luego dirigirse al apartado Inmobiliario / ABL - Solicitud de Exención Jubilados y Pensionados, donde deberá rellenar un formulario con la documentación previamente mencionada.

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