Con el objetivo de reforzar la transparencia del sistema financiero y prevenir maniobras fraudulentas, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y el Banco Central de la República Argentina (BCRA) implementaron una nueva normativa que prohíbe el uso de tarjetas de crédito y débito a contribuyentes considerados “no confiables”.
Puntualmente, la Comunicación “A” 8144 del BCRA, establece que las entidades financieras y proveedores de servicios de pago tienen prohibido aceptar pagos con tarjetas de débito, crédito, compra o prepagas de aquellos usuarios que hayan sido identificados como “contribuyentes no confiables”. Y abarca tanto a nuevos solicitantes como a aquellos que ya poseían estos medios de pago.
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Generalmente son incluidos en esta base los contribuyentes que presentan inconsistencias entre su capacidad operativa, económica y/o financiera, y la información que exteriorizan en sus Declaraciones Juradas, o que no lo documentan de manera correcta.
Estamos de acuerdo en que las normas legales y reglamentarias están hechas para cumplirse y que todos los ciudadanos tenemos el deber de hacerlo.
Pero, hay una línea delgada entre los deberes y los derechos, y esta medida me hace dudar si el Estado tiene el derecho de impedirle operar comercialmente a empresas que hayan cometido alguna infracción.
Parece una decisión extrema que un funcionario de un organismo administrativo pueda impedirle a una empresa operar comercialmente pudiendo llevarla a una crisis económica e irreversible.
No solo pensamos que el Estado no debería imponer sanciones que impidan ejercer el libre comercio, pero en todo caso este tipo de decisiones deberían resolverse en el ámbito judicial, no en el ámbito administrativo donde suele imperar la arbitrariedad.
Es más, antes de discutir si el Estado paternalista puede elegir quién puede y quién no desarrollar una actividad económica, debería resolver sus propios problemas de idoneidad e integridad de muchos de sus funcionarios y, tal vez, allí se podría empezar a discutir qué legitimidad tiene para imponer sanciones extremas.
Una decisión arbitraria podría tener consecuencias económicas catastróficas para una empresa o un individuo, por lo tanto deberían ser medidas que se apliquen de manera racional y luego de una investigación profunda. Esperemos que estas restricciones se apliquen con estos criterios y no que sean un resultado de impulsos discutibles.
* tributarista y gerente de Impuestos en La Vista Casal