ECONOMIA
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Blanqueo sin costo: cuáles son las opciones contempladas en el nuevo Pacto Fiscal

La Administración Federal de Ingresos Públicos junto a la CNV y el ministerio de Economía informaron cuáles son las opciones para ingresar al blanqueo sin costos.

Blanqueo de capitales
Blanqueo de capitales | Agencia Shutterstock

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), la Comisión Nacional de Valores (CNV) y el Ministerio de Economía - Subsecretaría de Ingresos Públicos informaron cuáles son las alternativas con las que cuentan los contribuyentes que blanqueen activos para que el Régimen del Título II de la Ley N° 27.743 sea sin costo.

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Con el blanqueo, el equipo económico espera recaudar unos US$ 2.000 millones que se contabilizan en las arcas del Banco Central.

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¿Qué opciones hay para ingresar al nuevo blanqueo sin pagar multas?

La primera opción es declarar bienes de cualquier tipo por un valor de hasta U$S100.000.

La segunda alternativa es declarar dinero en efectivo hasta el 30/9/2024, inclusive, el cual deberá depositarse o transferirse a una Cuenta Especial de Regularización de Activos y mantenerse hasta el 31/12/2025, inclusive, en caso de superar los U$S100.000 o hasta el 30/09/2024, inclusive, si no se supera dicha cifra.

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La AFIP, junto a la CNV y la cartera que coordina Luis Caputo indicaron que, también será sin costo cuando los fondos declarados, sin importar el monto, se destinen, dentro de las fechas indicadas en el párrafo precedente, al pago del impuesto especial o a alguna de las inversiones autorizadas por la reglamentación.

¿En qué se puede invertir el dinero del nuevo blanqueo?

Las inversiones autorizadas a la fecha -aunque oficialmente se informó que se podrían incorporar más en el futuro-, son las siguientes:

1) Títulos públicos emitidos por los Estados Nacional (incluidos los BOPREAL), Provinciales, Municipales y/o la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

2) Acciones colocadas por oferta pública autorizada por la CNV.

3) Obligaciones negociables con oferta pública autorizada por la CNV.

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4) Cuotapartes de Fondos Comunes de Inversión cerrados, colocadas por oferta pública autorizada por la CNV.

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5) Certificados de participación o títulos de deuda de fideicomisos colocados por oferta pública autorizada por la CNV, destinados al financiamiento de las MiPyME, y/o a la inversión y/o financiamiento en proyectos productivos, inmobiliarios y/o de infraestructura, para el fomento de la inversión productiva.

6)  Proyectos inmobiliarios iniciados a partir de la vigencia del Título II de la Ley No 27.743, o con un grado de avance inferior al cincuenta por ciento (50%) de la finalización de la obra a ese momento. Comprende construcciones, ampliaciones, instalaciones, entre otros trabajos, en inmuebles propios o de terceros.

Este beneficio se mantendrá aun cuando se registren cambios en las inversiones dentro de las opciones admitidas, siempre que se mantengan los fondos y/o los valores negociables, y/o en el caso de efectivo, por tiempo limitado, en las cuentas especiales de regularización y/o cuentas comitentes especiales de regularización.

7) Tratándose de dinero en efectivo exteriorizado, por un importe de hasta U$S100.000, también podrá destinarse -hasta el 30/9/2024, inclusive- a operaciones onerosas debidamente documentadas.

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