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ARCA lanzó un plan de facilidades de pago para pymes y pequeños contribuyentes: cómo acceder

La iniciativa contará con plazos de hasta 4 años y tasas que oscilarán entre el 25% y el 40%, dependiendo el tamaño de la empresa y el rubro al cual pertenezca. Además, la agencia recaudadora extendió la suspensión de los juicios y embargos para dos sectores específicos.

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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ofrecerá planes de facilidades de pago de hasta cuatro años para Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, entidades sin fines de lucro, contribuyentes del sector salud y pequeños contribuyentes, con el objetivo de regularizar las deudas fiscales de estos rubros.

Además, ARCA comunicó que extenderá hasta el 31 de julio de 2025 la suspensión de ejecuciones fiscales y embargos para las entidades sin fines de lucro y los contribuyentes del ámbito sanitario. La medida será formalizada en el Boletín Oficial.

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ARCA ofrece un plan de pagos a pymes y pequeños contribuyentes

"Las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas, a tasa fija (no se cambia la tasa de financiación durante la vigencia del plan de pagos). El plan contiene una drástica reducción de la tasa de financiación y no requerirá ingreso de un pago a cuenta", explicaron desde el organismo recaudatorio.

El propósito de la iniciativa es proporcionar mayor flexibilidad a los contribuyentes, permitiéndoles regularizar sus obligaciones tributarias no prescriptas, incluidas las que no fueron saldadas en la moratoria que llegó a su fin hace pocas semanas.

Para los pequeños aportantes, las micro y pequeñas empresas, las entidades sin fines de lucro y el sector de salud, la tasa de interés será un 25% sobre la tasa resarcitoria vigente al momento de la implementación del plan de facilidades de pago.

En el caso de las compañías medianas, correspondientes a los Tramos 1 y 2, se aplicará un 40% sobre la tasa resarcitoria en vigor en el instante en que se ponga en marcha el régimen. A partir de las disposiciones de ARCA, quedará de la siguiente manera:

  • Pequeños contribuyentes, micro y pequeñas empresas, entidades sin fines de lucro y sector salud: hasta 48 cuotas para obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social (excepto retenciones y percepciones impositivas); y obligaciones aduaneras.
  • Medianas empresas (tramos 1 y 2): hasta 36 cuotas para obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social (excepto retenciones y percepciones impositivas); y obligaciones aduaneras.
  • Pequeños contribuyentes, micro y pequeñas empresas, entidades sin fines de lucro y sector salud: hasta 24 cuotas para retenciones y percepciones impositivas.
  • Medianas empresas (tramos 1 y 2): hasta 18 cuotas para retenciones y percepciones impositivas.

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Cómo acceder al plan de facilidades de pago para pymes

La adhesión podrá realizarse desde el 3 de febrero hasta el 30 de abril de 2025, ambos inclusive, a través del sistema informático “Mis Facilidades” con Clave Fiscal mediante los siguientes requisitos:

  • Domicilio Fiscal Electrónico constituido.
  • Declaraciones juradas presentadas.
  • CUIT activa.
  • CBU informada.

En esta iniciativa se encuentran incluidas todas las obligaciones vencidas hasta el 31 de diciembre de 2024, que se detallan a continuación:

  • Impositivas y de los recursos de la seguridad social, incluidas sus intereses y multas.
  • Retenciones y percepciones impositivas.
  • Multas impuestas, cargos suplementarios por tributos a la importación o exportación y liquidaciones de los citados tributos comprendidas en el procedimiento para las infracciones, así como sus intereses.

Al mismo tiempo, el Ministerio de Economía publicó una resolución que extiende la suspensión del inicio de los juicios de ejecución fiscal y de la traba de medidas cautelares para las entidades sin fines de lucro y los contribuyentes pertenecientes al sector de salud.

Esta normativa figura en la Resolución 1445/2024 publicada este viernes 27 de diciembre en el Boletín Oficial y encomienda a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) a disponer hasta el 31 de julio de 2025 la interrupción temporal de los procesos judiciales y fiscales.

 

MFN