DOMINGO
Derecho

El mundo judicial

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Dónde empieza y dónde termina lo judicial? Una respuesta clásica a esta pregunta podría ser que comienza en el punto a partir del cual lo judicial tiene efectos concretos, y finaliza donde esos mismos efectos cesan, o al menos dejan de ser observables. En este sentido, lo judicial parece ser una sustancia, algo definido que podemos tocar, ver, habitar o incluso presenciar: expedientes, audiencias, códigos, oficinas, escritorios. Es lo judicial hecho cosa, diríamos, siguiendo en esto a Pierre Bourdieu (1984). 

Sin embargo, lo judicial también puede ser pensado como un movimiento, si seguimos en esto a Bruno Latour (2008). Movimiento que se despliegue hacia dentro de los tribunales, como por ejemplo, en el desarrollo de vínculos generados y consolidados en el trabajo cotidiano, o en la proliferación de nombramientos y ascensos por parte de sus miembros. Movimiento que se oriente hacia afuera de los límites de los mismos tribunales, tales como los nexos con el campo de la política, el acercamiento respecto del ámbito académico o el activismo de ONG sobre causas resonantes.

Por lo tanto, se puede pensar lo judicial como algo que ya está hecho, como aquello que genera cierto tipo de prácticas en los actores que forman parte de ese ámbito. En definitiva, como la causa de múltiples consecuencias. Pero también se puede pensar lo judicial como algo que se está haciendo, como algo que, más que generar determinadas prácticas en los operadores jurídicos, es el resultado del conjunto de prácticas de esos mismos operadores.

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Planteada esta distinción, en el presente libro lo judicial será tanto el punto de llegada como el punto de partida, dado que aspectos de lo judicial ya están hechos y otros están en desarrollo. Ahora bien, ¿cómo se construye un judicial, un actor judicial, dentro de todo aquello que podemos definir como lo judicial? Comencemos por aludir a investigaciones previas que, si bien se apoyaron en otras instituciones, han tenido objetivos similares a este trabajo: analizar cómo se estabilizan subjetividades en el marco de ámbitos laborales y de socialización específicos.

Acerca de la policía, se ha planteado que para interpretar a quienes forman parte de ella se debe dejar de pensarlos como individuos que, al pertenecer a la clase obrera, son capaces de enrolarse en un organismo destinado a reprimir, en lo fundamental, a integrantes de esa misma clase. En otras palabras, a las fuerzas de seguridad hay que analizarlas a partir de las prácticas y las lógicas mediante las cuales justifican las múltiples tareas que llevan adelante como parte de su trabajo (Galvani, 2016). De este modo, la violencia policial deja de ser producto de actitudes aisladas de algún uniformado perturbado para transformarse en un fenómeno organizacional que proviene de la socialización de sus miembros.

El mismo interrogante surgió respecto al sindicalismo (Lazar, 2019), al apuntarse que tanto la militancia como la contención resultan piezas relevantes hacia su interior, puesto que se transforman en dos elementos claves para que quienes lo integran se conviertan en individuos políticos. Más específicamente, la militancia y la contención, junto a los lazos afectivos consolidados, van permitiendo a quienes forman parte del sindicalismo ensamblar procesos históricos de largo aliento con acontecimientos coyunturales, lo que da lugar a modos específicos de subjetivación ético-política.

Así como para la construcción de un policía es significativo tener en cuenta la vocación, el respeto, la muerte y el otro amenazante, y para la construcción de un sindicalista la militancia, la contención, los lazos afectivos y la pasión, ¿qué ocurre con la construcción de un judicial? ¿Existen elementos para identificar esta construcción también? A lo largo de este libro intentaremos demostrar que sí. Algunos elementos importantes tienen que ver, sencillamente, con el linaje al que se pertenezca, lo que significa que del mismo modo que sucede con la policía y el sindicalismo, si bien nadie nace judicial, no obstante, hay personas que nacen con más probabilidades de convertirse en judicial. Esto que suele definirse bajo la categoría de familia judicial, tiene un rol destacado. Pero también lo tiene la participación en el ámbito académico, la perseverancia cuando se ingresa como meritorio –junto al respaldo económico que se necesita para poder tener esa perseverancia–, los argumentos acerca de por qué debe castigar el Estado junto a las consecuencias de dicho castigo, o las convenciones y los compromisos que estructuran el trabajo cotidiano. A fin de cuentas, estos ingredientes, junto a otros, construyen un judicial.

*Autor de Cómo se construye un judicial, ediciones Didot. (Fragmento).