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CóRDOBA
DILEMA JURÍDICO PARA EL TSJ

¿Puede un suicidio ser homicidio por abuso sexual?

La misma Cámara que condenó a Diego Concha aplicó por primera vez la figura cuando analizó la conducta de Walter Insaurralde, agresor sexual por años de su propia hija, Sathya Aldana. Qué argumentos utilizó aquella vez para aplicar prisión perpetua.

Diego Concha condenado
DIEGO CONCHA. Los jurados lo consideraron culpable del homicidio de Luana Ludueña. Fue condenado a prisión perpetua. El 17 de septiembre se conocerán los fundamentos de la sentencia. | Cedoc Perfil

La condena a prisión perpetua que recibió el exdirector de Defensa Civil de la provincia, Diego Concha, plantea incógnitas jurídicas. Comenzarán a revelarse en unas semanas, cuando la Cámara 3ª del Crimen publique los fundamentos del fallo.

¿Puede un suicidio ser considerado homicidio a raíz de abuso sexual previo? La sentencia que se conoció el martes pasado así lo decidió en base a lo que dicta el artículo 124 del Código Penal. La norma prevé la pena máxima cuando sucede la muerte después del ataque sexual.

Según pudo conocer PERFIL CÓRDOBA, de las 10 personas que votaron, seis jurados (ciudadanos comunes) se inclinaron por encontrar responsable de homicidio a Concha, mientras que dos jueces técnicos y dos jurados lo responsabilizaron sólo por el abuso sexual de Luana Ludueña.

Dura sentencia de los jurados populares: Diego Concha condenado a perpetua por el homicidio de Luana Ludueña

Hay un dato relevante. La Cámara que sentenció a Concha fue la primera en condenar a un hombre por homicidio a raíz del suicidio de la adolescente de quien abusó durante años. Walter Insaurralde recibió la pena de prisión perpetua por homicidio con motivo del abuso sexual gravemente ultrajante, continuado, agravado por el vínculo y promoción a la corrupción de una menor, nada menos que su hija, Sathya Aldana.

El fallo fue el 2 de julio del 2021 y el resultado condenatorio se resolvió por unanimidad. Lo novedoso, aquella vez, fue la mirada amplia que tuvieron los jueces, incluyendo las lesiones psicológicas en la víctima. Hasta ese momento se aplicaba cuando las heridas físicas provocadas por el abuso terminaban en el deceso de la víctima, no las psíquicas.

Ambos casos, el de Insaurralde y el de Concha, presentan similitudes y diferencias. La primera coincidencia es el tribunal técnico. En ambos juicios intervinieron los jueces Gustavo Ispani, Leandro Quijada y María de los Ángeles Palacio. Por la gravedad del delito, en ambos juicios hubo jurados populares.

La divergencia está en cómo votaron. Mientras en el primero de ellos, dos vocales –el presidente sólo vota en caso de empate– consideraron a Insaurralde responsable de homicidio, en el caso de Concha los dos jueces técnicos no lo condenaron por homicidio sino por abuso sexual. Seis jurados populares, en cambio, coincidieron en que el suicidio de Luana Ludueña obedeció al abuso padecido. De ahí, la enorme expectativa sobre los fundamentos que se conocerán el 17 de septiembre.

Quien presidió la audiencia de debate, el vocal Gustavo Ispani, será el encargado de expresar las consideraciones de los ciudadanos sobre por qué Concha fue condenado a perpetua por homicidio.

Esos fundamentos serán rebatidos por la defensa, tal como lo adelantó el abogado Carlos Hairabedián.

Hasta ahora, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) no se pronunció sobre la aplicación del homicidio al suicidio producto del abuso de Sathya, con la concepción ampliada que ya se explicó. Ese fallo será crucial.

Familia de Luana
LLANTO Y ALIVIO. Tras la lectura de la sentencia el martes pasado.

Pero además de cómo se produjo la votación en uno y otro juicio, hay circunstancias que los diferencian. Los abusos sexuales que padeció Sathya ocurrieron durante por lo menos seis años, cuando era menor de edad. Y hubo un episodio crucial que derivó en la consumación del suicidio después de tres intentos.

El ataque sexual a Luana ocurrió en una situación de asimetría. Ella, una joven de 25 años que aspiraba a ingresar al cuerpo táctico de bomberos que actúa ante catástrofes naturales y su victimario, Diego Concha, un funcionario provincial que prometía abrirle el camino a su sueño.

Justicia por Luana
JUSTICIA POR LUANA. Durante todo el debate en el juicio, la familia y amigos de Luana llevaron los elementos de su pasión como bombera.

Otro condimento adicional: en pocas ocasiones, el TSJ contradijo la decisión de un jurado popular.

La condena a Insaurralde

Sathya Aldana se suicidó en enero del 2020, cuando tenía 19 años. Desde los ocho hasta los 14 años sufrió sistemáticamente hechos de abuso sexual. Tomó conciencia de sus padecimientos cuando en una clase de educación sexual integral en la escuela se habló del tema. Estalló en llanto y contó que era abusada por su padre. Llamaron a su mamá para informarle sobre la situación y presentaron la denuncia en el Polo de la Mujer.

El daño psicológico que esmeriló su autoestima e integridad la llevaron a intentar quitarse la vida varias veces. Estuvo internada en un centro psiquiátrico.

Un episodio fue la gota que colmó el vaso. En agosto de 2019, se encontró en un centro comercial con su padre. En una charla a solas, él reconoció en privado los abusos a los cuales la sometió, pero le pidió que frente a su pareja dijera lo contrario. “Terminó por destrozar la psiquis de la joven”, se lee en el fallo.

Los jueces analizaron la historia en su conjunto. Y se detuvieron especialmente en la figura del homicidio por ser la primera vez que se aplicó a raíz del suicidio de la víctima del delito. “Además de la confirmación de que los abusos infligieron sin lugar a dudas un daño psicológico en la víctima e influyeron en semejante determinación, debemos resaltar que Walter Manuel Insaurralde estaba al tanto de esa situación desesperante para ella. Sabía de su depresión, de sus autolesiones, como también que luego del encuentro del día del niño, había intentado suicidarse”, sostuvieron.

“El resultado de la muerte de Sathya, que haya sido auto infringido, lejos está de haber sido una decisión libre de ella –explicaron–, provino del comportamiento prohibido de Insaurralde. Esos abusos sexuales provocaron un grave daño psíquico que motivaron sin duda alguna las actitudes impulsivas consistentes en varios intentos de autoagresión, hasta que se produjo el desenlace fatal”.

El 17 de septiembre se podrán conocer las consideraciones particulares sobre el caso de Diego Concha y su víctima, Luana Ludueña. Los fundamentos sobre la condena por homicidio revelarán la mirada que tuvieron los jurados populares. Los vocales técnicos no admitieron que en este caso el exfuncionario fuera responsable de la muerte autoinfligida de la joven, por lo que se explayarán sobre su responsabilidad por el episodio de abuso sexual.

VIOLENCIA DE GÉNERO

En el juicio que culminó el martes pasado, Diego Concha también fue condenado por los delitos de lesiones leves agravadas por el vínculo, por mediar violencia de género, amenazas calificadas y coacción en perjuicio de su expareja.