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Internet, celulares y cable: el Gobierno desreguló las tarifas y ahora no hay topes

Lo dispuso una resolución del Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom). Fue publicada este jueves en el Boletín Oficial.

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El Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) resolvió eliminar las regulaciones de las tarifas de los servicios de internet, celulares y cables.

Lo dispuso mediante la resolución 13/2024, publicada este jueves en el Boletín Oficial, y que fue firmada por los interventores del organismo Patricia Zulema Roldán, Alejandro Fabio Pereyra y Juan Martín Ozores.

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Qué dice la resolución

En los considerandos se recuerda que mediante el DNU N.º 302 del 9 de abril de este año fue derogado el DNU N°690/2020, de la gestión de Alberto Fernández que establecía topes a las tarifas.

Y luego agrega: “Se derogó también el Artículo 15 de la Ley N.º 27.078 y modificatorias, junto con la modificación de sus Artículos 48 y 54 por los siguientes: “ARTÍCULO 48.- Regla. Los licenciatarios de Servicios de TIC fijarán sus precios, los que deberán ser justos y razonables, cubrir los costos de la explotación y tender a la prestación eficiente y a un margen razonable de operación”. “ARTÍCULO 54.- Servicio Público Telefónico. El Servicio Básico Telefónico mantiene su condición de servicio público”.

La argumentación de los cambios prosigue después en los siguientes términos: “Que surge de los propios considerandos del DNU N° 302/2024 que ´…los servicios de TIC han sido creados en competencia, así como la prestación de los servicios de comunicaciones móviles, siendo una facultad esencial para su desarrollo y crecimiento la posibilidad de que los licenciatarios puedan fijar sus precios libremente´ y que ´… el DNU N° 690/2020 establece una modificación esencial sobre el marco jurídico del sector, que debe ser corregida con el fin de salvaguardar las reglas que permitan el desarrollo de un mercado en competencia y la libre fijación de los precios de los servicios prestados´".

“En virtud de lo expuesto, y como consecuencia del dictado del DNU N° 302/2024 que deroga el DNU N° 690/2020, corresponde que las normas dictadas en su consecuencia sigan su misma suerte atento su conexidad y su carácter reglamentario de una norma que ha perdido vigencia”, señala la nueva resolución.

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Derogación

De este modo el artículo 1 de la normativa deroga las siguientes resoluciones:

ENACOM N°1.466/2020, N.º 27/2021 (ratificada por Resolución ENACOM N.º 170/2021), N.º 28/2021 (ratificada por Resolución ENACOM N.º 163/2021), N.º 203/2021, N.º 204/2021 (ratificada por Resolución ENACOM N.º 588/2021), N.º 862/2021, N.º 2.187/2021 (ratificada por Resolución ENACOM N.º 275/2022), N.º 725/2022 (ratificada por Resolución ENACOM N.º 1.174/2022), N.º 1.754/2022, N.º 2.393/2022, N.º 2.494/2022 (ratificada por Resolución ENACOM N.º 409/2023), N.º 557/2023, y N.º 323/2021.

El artículo 2 establece que “la presente medida entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial”.