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CóRDOBA
MUERTES EN EL NEONATAL

Fuertes reproches internos por el cierre de la causa que investigó una reunión en tribunales

Por qué se produce inexorablemente el archivo a partir de la resolución del fiscal de la Cámara de Acusación, Jorge Leiva. Centralidad del MPF en el sistema acusatorio cordobés. La estructura permite que la larga mano del poder político tenga injerencia en la Justicia.

Madres del Neonatal
ATAQUES A BEBÉS EN EL NEONATAL. ¿Qué habría ocurrido si el 16 de mayo del 2022, cuando sucedió la reunión entre Guillermo González, David Dib y Alejandro Escudero Salama, se iniciaba de inmediato una investigación para quitar las dudas de los pinchazos raros que se veían en los cuerpitos de bebés? | Cedoc Perfil

La decisión del fiscal de la Cámara de Acusación, Jorge Leiva, de solicitar el cierre definitivo de la investigación por la reunión en tribunales entre un fiscal, un perito forense y un exdirectivo del Hospital Materno Neonatal, causó un fuerte malestar interno en los tribunales provinciales.

Quienes la criticaron calificaron la resolución de “escandalosa” e “inadmisible”. ¿Por qué un fiscal convoca a un forense y se reúne con un directivo de un hospital público por situaciones raras y no inicia una investigación de inmediato?

El expediente es un derivado de la causa principal por los ataques sistemáticos a bebés recién nacidos en el Hospital Materno Neonatal entre marzo y junio del 2022.

El fiscal instructor de la causa madre, Raúl Garzón, consideró que merecía ser investigado un colega, Guillermo González (fiscal del Distrito I Turno 2), por la posible omisión de denuncia o investigación. Él había convocado al perito forense David Dib a su despacho para escuchar una situación que preocupaba al subdirector administrativo del hospital.

González, Dib y Escudero Salama se reunieron el 16 de mayo del 2022. Fue a la vista de todos, nadie negó el encuentro, todos coinciden en que Escudero Salama trasladó interrogantes sobre sucesos extraños con “pinchazos” que aparecían en bebés. No se habló de muertes, aunque a esa altura ya habían sucedido varias.

Por disposición de la Fiscalía General, el hecho descrito por Garzón se remitió al fiscal Iván Rodríguez, quien llegó a la conclusión de que no había delito. La reunión existió, pero no podían avizorar ni por asomo lo que estaba sucediendo, la peor secuencia criminal de la historia de Córdoba.

La jueza de Control, Anahí Hampartzounian, discrepó con Rodríguez, entre otras cosas porque analizó abundante declaración de los imputados en la causa principal y su conclusión se basó en detalles que proveyeron los acusados.

Para dirimir la discrepancia, el expediente fue elevado a la Fiscalía de la Cámara de Acusación. Su titular, Jorge Leiva, coincidió con Rodríguez y remitió el expediente al Juzgado de Control N°11 de Manuel Ayán para que estampe su firma archivando la causa en forma definitiva.

No hay margen para una opinión adversa porque hay un “doble conforme” o “acuerdo” entre dos fiscales.

Es el primer punto irritable. En este caso, quien era objeto de la investigación tiene privilegios. Guillermo González como fiscal de Instrucción es un magistrado con fueros. Por ese motivo quien debe investigar es un juez. Concretamente debió hacerlo Hampartzounián si Rodríguez pedía la investigación jurisdiccional. Rodríguez no lo hizo y se tomó más tiempo del que usó Garzón para investigar la compleja causa de las muertes y ataques, elevada a juicio con 11 acusados, para hacer lo único que debía hacer: analizar si existía la mínima probabilidad de delito.

Ante tamaña causa, hubiera sido deseable en pos de la mayor transparencia posible que abriera las compuertas para que la jueza pueda investigar. No lo hizo.

A la jueza sólo le quedó margen para discrepar sobre la investigación que hizo Rodríguez.

Al subir a la Fiscalía de la Cámara de Acusación, Leiva selló la suerte de la causa.

Parece una enorme repetición de palabras, pero es necesaria: un fiscal investigó a otro fiscal y el superior de ambos convalidó la decisión inicial, todo quedó en el MPF.

Quien recibe la denuncia tan sólo debe considerar si procede formalmente y hacer una mínima pesquisa que asegure esa condición. Quien debe investigar es el Juzgado, citar testigos, reunir prueba, notificar al investigado para que ejerza su defensa.

Como ejemplo valga la nota que acompaña esta crónica, referida a la fiscal de Villa María Juliana Companys.

Rodríguez se tomó más de un año para una pesquisa preliminar.

Protesta Neonatal

En declaraciones a este medio, Vanesa Cáceres, mamá de uno de los 13 bebés atacados, sintetizó el sentir de muchos: “Están protegiendo a alguien”.

La trampa del sistema acusatorio. Las bondades del sistema son conocidas por todos. El Ministerio Público Fiscal investiga y acusa y los jueces, controlan y son árbitros de las contiendas.

¿Qué pasó en Córdoba con la Cámara de Acusación? Es un punto neurálgico del entramado porque es el tribunal de apelación de todas las resoluciones de los jueces de Control que son apeladas. Pero quien tiene la llave maestra es el fiscal ante la Cámara de Acusación. Actualmente es Jorge Leiva.

Dicen los que conocen la historia de los tribunales cordobeses que, en 2004, el entonces gobernador José Manuel de la Sota veía díscolos a sus integrantes. La disolvió y todas las cámaras del crimen actuaron como instancia recursiva. Solo duró dos años la reforma. Cuando se jubilaron los vocales naturales, Raúl Mallía Bresolí, Francisco Gilardoni y Miguel Angel Funes, volvió a existir con nueva integración.

Otro detalle. Las causas contra funcionarios públicos no tienen querellantes particulares. El único “ofendido” es el Estado. Es poco probable o imposible que la Provincia los acuse. Si el fiscal de instrucción y el de la cámara de acusación tampoco acusan, el caso indefectiblemente se cerrará.