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TRÁNSITO

Correr picadas es un delito doloso: el apunte de un especialista en seguridad vial

Las competencias ilegales de velocidad y destreza no son sólo faltas o contravenciones. Desde 2008 son un delito, expresamente previsto en el artículo 193 Bis del Código Penal, aun cuando no se hayan causado daños concretos.

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La picada fatal ocurrió este jueves a la madrugada en la ruta E53. | Ramiro Pereyra / La Voz

La tragedia en la avenida La Voz del Interior, en Córdoba, donde un joven de 19 años murió y otras seis personas resultaron heridas en una picada ilegal, reavivó el debate sobre la peligrosidad de estas carreras clandestinas. El abogado especializado en seguridad vial, Horacio Botta Bernaus, resaltó que correr picadas constituye un delito doloso y que el Estado debe asumir un rol más activo en su prevención y sanción.

Botta Bernaus explicó que, desde 2008, la legislación argentina reconoce la organización y participación en picadas ilegales como un "delito preventivo de tránsito". Esto significa que, incluso si no se produce un accidente, el solo hecho de generar una situación de peligro es suficiente para iniciar una causa penal. "Este delito funciona aunque no haya siniestro, lesionados o daños. Castiga la generación del riesgo", señaló el especialista en Punto y aparte, programa de la Punto a Punto Radio.

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La dificultad para detectar y prevenir estas actividades es otro punto crítico. "Estos grupos se organizan por redes sociales y mensajes privados, lo que hace que sea necesario un equipo especializado para rastrear y anticipar estos eventos", explicó Botta Bernaus. Propuso que la Policía y las autoridades locales trabajen con inteligencia preventiva para identificar y actuar antes de que las carreras se concreten.

Sobre las políticas de prevención, el abogado criticó medidas que delegan responsabilidades en particulares, como la prohibición de carga de combustible a motociclistas sin casco o con escapes modificados. "No podemos pedirle al empleado de una estación de servicio que haga el trabajo del Estado. Es el Estado el que debe encargarse de hacer cumplir la ley mediante el uso de tecnología y protocolos adecuados, como el monitoreo con cámaras de vigilancia, por ejemplo", sostuvo.

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Y agregó: "El Estado tiene los recursos y la responsabilidad de garantizar la seguridad vial. Delegar esta tarea en ciudadanos o empresas no solo es ineficaz, sino que puede generar situaciones violentas".

La tragedia en la ruta E-53 es una muestra del peligro latente de las picadas ilegales, que continúan ocurriendo pese a los controles intermitentes. La justicia ya imputó a seis detenidos en este caso, y la fiscal Patricia García Ramírez investiga la situación bajo la figura de "carrera ilegal".

Qué dice la Ley

“Artículo 193 bis de Código Penal: Será reprimido con prisión de SEIS (6) meses a TRES (3) años e inhabilitación especial para conducir por el doble del tiempo de la condena, el conductor que creare una situación de peligro para la vida o la integridad física de las personas, mediante la participación en una prueba de velocidad o de destreza con un vehículo automotor, realizada sin la debida autorización de la autoridad competente.

La misma pena se aplicará a quien organizare o promocionare la conducta prevista en el presente artículo, y a quien posibilitare su realización por un tercero mediante la entrega de un vehículo de su propiedad o confiado a su custodia, sabiendo que será utilizado para ese fin.” Artículo 193 bis: Será reprimido con prisión de SEIS (6) meses a TRES (3) años e inhabilitación especial para conducir por el doble del tiempo de la condena, el conductor que creare una situación de peligro para la vida o la integridad física de las personas, mediante la participación en una prueba de velocidad o de destreza con un vehículo automotor, realizada sin la debida autorización de la autoridad competente.

La misma pena se aplicará a quien organizare o promocionare la conducta prevista en el presente artículo, y a quien posibilitare su realización por un tercero mediante la entrega de un vehículo de su propiedad o confiado a su custodia, sabiendo que será utilizado para ese fin."