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JUSTICIA DE CÓRDOBA

"Alta peligrosidad", "elevada capacidad delictual" y sin arrepentimientos: así fundamentaron la condena a Bacchiani

La Justicia cordobesa condenó a Edgar Bacchiani a nueve años de prisión por estafas reiteradas vinculadas al trading de criptomonedas. El fallo destacó su falta de arrepentimiento, su accionar sostenido durante dos años y el perjuicio económico superior a $378 millones y US$1.2 millones.

Edgar Bacchiani - Condena
. | Prensa TSJ

La Cámara en lo Criminal y Correccional de 10° Nominación de Córdoba difundió los argumentos jurídicos que respaldan la condena a nueve años de prisión para Edgar Bacchiani, al frente de la firma Adhemar Capital SRL, dedicada al trading de criptomonedas.

Uno de los magistrados que intervino en el fallo destacó la "habilidad" del empresario para trazar el esquema fraudulento, lo que —según su análisis— evidencia una "elevada capacidad delictual" y una "alta peligrosidad".

El juez Carlos Palacio Laje, presidente del tribunal y encargado de tipificar la conducta de Bacchiani como estafas reiteradas —en total, 50 hechos—, recordó que el acusado era conocido en el ambiente financiero con el alias "trader god" y que contaba con formación académica en economía.

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Para el magistrado, los delitos cometidos no se presentan como hechos aislados o motivados por impulsos momentáneos, sino como parte de una práctica sostenida. En palabras del juez: "No se trata de hechos aislados, ni de conductas impulsivas, sino de un patrón delictual". También señaló "la astucia demostrada en la ejecución de cada maniobra" y subrayó la "frialdad y desapego de toda empatía hacia sus víctimas al momento de la consumación".

JUICIO

Durante el juicio, la actitud del acusado también fue evaluada por los magistrados. Sobre este punto, Palacio Laje expresó: "No he escuchado de Bacchiani arrepentimiento alguno, ni he observado signo del cual, mediante la sana crítica racional, pudiera inferir esa circunstancia. Debo decir que una cosa es confesar y otra es arrepentirse o dolerse; en tanto, la primera no implica necesariamente la segunda".

La causa incluyó un acuerdo de pena que fue propuesto por el fiscal Gustavo Arocena a fines de febrero, luego de que el proceso se viera demorado por el cambio de defensa legal por parte del acusado. En la tercera audiencia, Bacchiani reconoció los hechos y pactó una pena inicial de diez años a cambio del reconocimiento de los delitos, aunque la sentencia final quedó fijada en nueve años de prisión efectiva, junto con el decomiso de bienes.

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El tribunal también ponderó como agravantes el impacto que las maniobras tuvieron sobre las víctimas: se trata de una cifra superior a los 378 millones de pesos y 1.2 millones de dólares. Algunas personas afectadas "aportaron todos los ahorros" o incluso indemnizaciones completas, lo que generó una fuerte aflicción emocional, según se consigna en el fallo.

Otro de los aspectos señalados por los jueces fue que Bacchiani actuó "movilizado por un ánimo de lucro ilegítimo", una intención no contemplada expresamente en el artículo 172 del Código Penal, pero que da cuenta del objetivo deliberado de obtener "un beneficio económico ilegal" a costa de sus víctimas.

Finalmente, el tribunal remarcó que las acciones fraudulentas se prolongaron por cerca de dos años, entre febrero de 2020 y enero de 2022, lo cual —a criterio de los camaristas— revela una persistencia en la conducta delictiva. Por todo lo expuesto, se consideró adecuada la imposición de una pena de nueve años de prisión efectiva, con los adicionales previstos por la ley y costas del proceso.

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