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Tasas municipales: “Si los municipios quieren cobrarlas, deben emitir sus propias boletas"

La medida del Ministerio de Economía estará suspendida hasta que la justicia evalúe su constitucionalidad. Pero el abogado Pablo Pirovano explicó que, estos cargos “ya no podían ser cobrados a los consumidores a través de esas facturas”.

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Facturas de servicios: suspenden la resolución que impide a los municipios cobrar tasas | Télam

El juez federal de Zárate-Campana, Adrián González Charbay, ordenó suspender temporalmente la resolución del Ministerio de Economía. Esta resolución impedía que el municipio de Pilar cobrara tasas municipales en las boletas de electricidad y gas. La decisión del juez se basó en una medida cautelar presentada por el intendente de Pilar, Federico Achával.

Qué determinaba la resolución

Para hablar sobre este tema, Canal E se comunicó con el abogado Pablo Pirovano quien explicó que a partir de una resolución de la Secretaría de Industria y Comercio del 10 de septiembre, se ordenó que las facturaciones por servicios adicionales que se incluyan en los comprobantes de pago de proveedores de servicios sean eliminadas. 

Según el entrevistado, estos cargos “ya no podían ser cobrados a los consumidores a través de esas facturas”. Y agregó: “La resolución buscó garantizar transparencia, en línea con las facultades de la Secretaría en el marco de la Ley de Defensa del Consumidor”.

En continuidad con el tema, Pirovano sostuvo que el objetivo se basó en que los consumidores solo paguen por los servicios directamente relacionados con la factura que reciben. Y siguió: “Esto recuerda al antiguo sistema donde la tasa de alumbrado, barrido y limpieza (ABL) se incluía en una factura emitida directamente por el municipio”. 

Cuál fue el conflicto que derivó en la nueva medida

Sin embargo, Pirovano mencionó que surgió un conflicto jurisdiccional, en donde se establecía que “ya existe una ley provincial que impone a las empresas eléctricas en la provincia la obligación de incluir ciertos cargos”. Y añadió: “Al mismo tiempo, la Secretaría de Comercio Interior es la que regula las relaciones de consumo”.

En el caso de Edenor y Edesur, el abogado sostuvo que como prestadoras nacionales de energía eléctrica, están sujetas a contratos de concesión con el Gobierno Nacional. “Por lo tanto, deben facturar de acuerdo con las indicaciones del Gobierno Nacional”, siguió.

Para Pirovano, la intención de la resolución es evitar tasas que a veces no tienen relación con una prestación de servicio real. Y cerró: “Si los municipios quieren cobrarlas, deben emitir sus propias boletas, en lugar de incluirlas en facturas de servicios ajenos”.