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Corte Suprema

Para Eduardo Barcesat, la designación de Lijo y García Mansilla demuestra una "falta de compromiso con la supremacía constitucional"

Según explicó el abogado constitucionalista, “los magistrados requieren un acuerdo del Senado con mayoría calificada de dos tercios, en audiencia pública”.

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Para Eduardo Barcesat, la designación de Lijo y García Mansilla demuestra una "falta de compromiso con la supremacía constitucional" | Cedoc Perfil

El abogado constitucionalista, Eduardo Barcesat, dialogó con Canal E y analizó la reciente designación en comisión de Ariel Lijo y Manuel García Mansilla para la Corte Suprema de Justicia, ambas dictadas por el Presidente Javier Milei. Según Barcesat, esta medida es "groseramente inconstitucional".

Designación en comisión: un hecho en contra de la Constitución Nacional

Eduardo Barcesat enfatizó que la designación en comisión de jueces del Poder Judicial no se ajusta a la Constitución Nacional. "Hay que hacerle saber a la audiencia que los magistrados requieren un acuerdo del Senado con mayoría calificada de dos tercios, en audiencia pública", explicó. A diferencia de los funcionarios del Ejecutivo, cuyos nombramientos en comisión pueden justificarse por urgencia, los jueces deben atravesar un proceso de evaluación y audiencia pública, donde la ciudadanía puede manifestar objeciones o apoyos.

La irregularidad de esta medida ya fue reconocida en el pasado. "Cuando el gobierno de Macri quiso nombrar en comisión a Rosatti y Rosenkrantz, el entonces presidente de la Corte, Ricardo Lorenzetti, se negó a tomarles juramento sin el acuerdo del Senado", recordó Barcesat. Sin embargo, en un giro inesperado, Lorenzetti ahora avaló la designación en comisión de Manuel García Mancilla, lo que demuestra una "falta de coherencia y compromiso con la supremacía constitucional".

Irregularidades en el decreto que designa a Ariel Lijo

El decreto presidencial que respalda la designación de Ariel Lijo tiene una "extensa fundamentación, pero totalmente mentirosa", advirtió el entrevistado. Luego, manifestó que los argumentos citados corresponden a precedentes anteriores a la reforma constitucional de 1994, lo que los hace inaplicables en la actualidad. "Desde la reforma, se buscó garantizar la independencia del Poder Judicial, evitando nombramientos como devolución de favores o acuerdos políticos", señaló.

Barcesat también cuestionó la actitud del juez García Mancilla, quien en su audiencia pública reconoció que su nombramiento requería acuerdo del Senado, pero posteriormente "salió corriendo a prestar juramento en condiciones irregulares".

Consecuencias legales y denuncia de abuso de autoridad

El abogado advirtió que esta decisión podría derivar en acciones penales contra los responsables. "Esto amerita no solo una investigación por violación de los deberes de funcionario público y abuso de autoridad, sino también por prevaricato", sostuvo. Según su explicación, el prevaricato ocurre cuando un funcionario público actúa de manera contraria a la ley de manera deliberada.