Perfil
CANAL E
Universidad pública

Las secuelas del financiamiento universitario: “Terminó siendo un cuestionamiento a la autonomía de las universidades públicas”

Con respecto al órgano que se encarga de auditar a la universidad pública, “no lo puede hacer otro organismo que no sea la Auditoría General de la Nación porque sino se estaría agrediendo el principio de autonomía universitaria”, indicó el abogado Christian Cao.

Marcha universitaria
Marcha universitaria | Cedoc Perfil

Todo lo que tiene que ver con la marcha universitaria y la ratificación del veto presidencial al financiamiento universitario dejó secuelas en la universidad pública, sobre todo en lo que se refiere a las auditorías o la autonomía universitaria que se encuentra en riesgo. Ante este panorama, este medio se puso en contacto con el abogado, Christian Cao.

“Lo que fue en un primer momento el debate por el financiamiento universitario, se profundizó y terminó siendo un cuestionamiento a la autonomía de las universidades públicas, autonomía que está garantizada como principio en la Constitución Nacional”, comentó Christian Cao. “Esto se da a partir de un pedido de auditorías, pero no por el órgano constitucional, sino por un órgano que depende directamente del poder ejecutivo”, agregó.

Cuáles son los 2 tipos de auditorías dentro de la universidad pública

Posteriormente, Cao planteó: “Las universidades públicas tienen 2 tipos de auditorías, internas y externas”. Luego, manifestó que, “las auditorías internas las establece la propia autoridad universitaria, llevan adelante la aprobación de los presupuestos y la auditoría , además, la Auditoría General de la Nación es el órgano autorizado y habilitado para llevar adelante estas auditorías”.

Autonomía universitaria

“No lo puede hacer otro organismo porque sino se estaría agrediendo el principio de autonomía universitaria”, sostuvo el entrevistado. “Hay que respetar tanto el principio de gratuidad universitaria, pero también el principio de autonomía universitaria, que data desde 1918 de la reforma universitaria y es un principio que Argentina lo supo exportar en el mundo”, complementó.

Por otro lado, el abogado señaló: “La huelga es un derecho que está en la Constitución y que tiene que estar sujeto a un ejercicio razonable, lo que hay que subrayar es que ningún tipo de reclamo puede darse de manera violenta”. A su vez, remarcó que, “el cuatrimestre no ha sido suspendido, se desarrollan normalmente”.

“Las universidades públicas tienen 2 grandes categorías de personal docente, el personal no docente tiene exclusividad en el ejercicio de su labor”, expresó Cao, que después concluyó: “Los docentes son aquellos que tienen una dedicación parcial, es decir que además de la docencia brindan otro tipo de actividad en ejercicio de su profesión”.