La Corte Suprema se mostró en contra de la posición de Javier Milei y Patricia Bullrich al mantener un fallo que declara inconstitucional que quienes hayan sido sentenciados con cadena perpetua no puedan acceder a la libertad anticipada. Es por eso que para analizar este tema en profundidad, este medio se puso en comunicación con el abogado, Garret Edwards.
“Lo que hizo la Corte, con solamente la firma de 3 de sus 4 miembros actuales, fue dejar firme una declaración de inconstitucionalidad, que lo que discutía era el acceso o no a la libertad condicional en el caso de las prisiones perpetuas”, comentó Garret Edwards. “Esto lo hicieron, principalmente en los argumentos, porque consideraban que estaba mal planteado por la fiscalía del caso al momento de recurrir ante la corte”, agregó.
En Argentina no hay prisión perpetua técnicamente
Posteriormente, Edwards planteó: “Esto, a los efectos prácticos, lo que hace es agregarle un clavo más al féretro de la prisión perpetua”. Luego, manifestó que, “producto del garantismo zafaroneano, hace mucho tiempo que tanto la doctrina como la mayor parte de la jurisprudencia considera que no hay técnicamente prisión perpetua en Argentina”.
La Corte dictaminó un falló que va en contra de lo que plantea Milei y Bullrich
“La mayor parte de la doctrina explica que hay un límite máximo que no puede sobrepasar los 50 años, que sería 2 veces la pena máxima que prevee nuestro código penal”, sostuvo el entrevistado. “En ese giro, la Corte tuvo un rapto garantista bastante sorprendente y que no va en la línea de lo que viene proponiendo Javier Milei y Patricia Bullrich”, complementó.
Por otro lado, el abogado señaló: “Aunque la discusión era sobre la libertad condicional, lo que va a terminar produciendo es que en las instancias inferiores va a empezar a aplicarse la inconstitucionalidad del artículo 14 del código penal”. A su vez, remarcó que, “nunca debe estar en discusión la constitucionalidad de la prisión perpetua, pero a los fines prácticos, es una demostración más de la Corte de que no la están apoyando”.
A modo de cierre, Edwards dijo que, “no hay un plazo establecido en los códigos que marque cuál es el tiempo que debe tomarse la Corte para expedir un fallo”.