Desde 2019, la Corte Suprema de Justicia ha marcado un precedente importante en cuanto a las retenciones del impuesto a las ganancias a jubilados, pensionados y retirados. Para hablar sobre este tema, Canal E se comunicó con Mariela Dobías, abogada tributarista, quien explicó los efectos de los fallos judiciales que favorecen a los jubilados y pensionados, y las implicaciones de los cambios previstos en las moratorias.
Según la entrevistada, el fallo García María Isabel estableció que este colectivo no debía sufrir retenciones, sin importar su situación económica o de salud. Esta jurisprudencia se expandió en 2024 con el fallo Calderón, que confirmó que los jubilados no deberían pagar ganancias, independientemente de su situación particular.
Dobías, explicó que la Corte hizo énfasis en que los jubilados, pensionados y retirados forman un grupo especial que debe tener un tratamiento diferenciado del trabajador activo. "Los jubilados ya tributaron durante su etapa laboral y en su etapa de pasividad deberían tener acceso a sus haberes integrales, sin la carga adicional de retenciones", comentó.
El umbral mínimo y su impacto
Aunque la decisión judicial exime a los jubilados de las retenciones, existen umbrales a partir de los cuales se aplica el impuesto. Según la legislación vigente, los jubilados que perciben más de 8 haberes mínimos, aproximadamente 2.130.000 pesos, están obligados a tributar ganancias. Estos montos no afectan a todos los jubilados, sino a aquellos que pertenecen a sistemas especiales, como los docentes, miembros de las Fuerzas Armadas o jubilados bancarios, que aportan más que los jubilados con pensiones mínimas.
"La alícuota que pagan estos jubilados es entre un 2% y un 3% más alta que la de un trabajador tradicional", detalló la abogada. Esto se debe a que sus aportes durante su vida laboral fueron más elevados debido a la naturaleza de sus cajas especiales.
El impacto de las pensiones y la tributación combinada
“El sistema de tributación también tiene en cuenta las pensiones. Si un jubilado recibe una pensión por fallecimiento de un cónyuge, esta se suma a su jubilación, y si el total supera el umbral de los 2.130.000 pesos, está obligado a tributar”, dijo la entrevistada. Esto puede llevar a que jubilados que en principio no alcanzarían el mínimo terminen siendo retenidos por el impuesto a las ganancias.
Además, los cambios implementados en 2024 permiten pocas deducciones, lo que afecta aún más a los jubilados. "Las deducciones que pueden hacer son mínimas, como gastos médicos o la posibilidad de deducir a una empleada doméstica, pero son excepciones", explicó Dobías.
¿Qué pasa con las pensiones de privilegio?
Uno de los temas más debatidos es la posible eliminación de las pensiones de privilegio, que han sido objeto de críticas en los últimos años. “Estas pensiones suelen estar asociadas a trabajadores que accedieron a jubilaciones más altas o con beneficios especiales”, agregó. Aunque se han escuchado rumores sobre la eliminación de este tipo de pensiones, Dobías consideró que, en principio, no deberían ser eliminadas.
"Una vez que un derecho es adquirido, no debe desaparecer. Son logros que los trabajadores consiguieron durante su vida laboral y no sería justo quitarlo, especialmente a quienes ya tienen una pensión", comentó la abogada.
Las moratorias y su futuro
Otro tema clave en el debate es el futuro de las moratorias previsionales. A partir de marzo, la posibilidad de comprar aportes se extinguirá, lo que afectará a aquellos trabajadores que no cumplieron con los requisitos para acceder a una jubilación. Según Dobías, más de la mitad de los trabajadores en Argentina están fuera del sistema previsional, lo que obliga a buscar nuevas soluciones.
"Se está trabajando en una propuesta para crear una especie de CUAM, una pensión única para los adultos mayores que no alcanzaron a realizar sus aportes, lo que sería lo más justo", explicó Dobías.
Acciones Judiciales para los Jubilados
Dobías también destacó que, aunque el fallo judicial ya beneficia a muchos jubilados, aquellos que están sujetos a retenciones pueden recurrir a la vía judicial para reclamar el cese de las retenciones y hasta exigir la devolución de las retenciones de los últimos cinco años.
"Lo que hacemos es pedir que se les devuelvan hasta cinco años de las retenciones. Es muy importante que se logre esto a través de la vía judicial", afirmó la abogada.