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Félix Lonigro: “Las internas de los partidos políticos están garantizadas por la Constitución"

Lo dijo el abogado de Derecho Constitucional, Félix Lonigro en el marco del análisis sobre la suspensión de las PASO.

Félix Lonigro
Félix Lonigro | CEDOC

En un contexto de debate político por la reforma electoral de las PASO, Canal E habló con el abogado de Derecho Constitucional, Félix Lonigro, quien expuso su opinión sobre la suspensión y sus implicancias tanto legales como políticas en Argentina.

Cuál es el panorama con respecto a las PASO

Según el letrado, la discusión sobre las internas en los partidos políticos debería ser más clara: “Las PASO deberían llamarse IASO, no PASO, porque son internas. Las internas de los partidos políticos están garantizadas por la Constitución, pero no establece la Constitución el modo en el que se deben realizar”.

En ese sentido, el entrevistado mencionó que hasta 2009, los partidos podían organizar sus internas de manera privada, es decir, cerradas, lo que permitía que solo los afiliados eligieran a sus candidatos. Sin embargo, a partir de la implementación de las PASO (Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias), las internas pasaron a ser abiertas y obligatorias, lo que implica que todos los ciudadanos, independientemente de su afiliación partidaria, debían votar. Esta normativa, según Lonigro, es inconstitucional: “Lo que está suspendido son las PASO, no las internas. Las internas se harán como antes”.

Qué dice la Constitución Nacional sobre la reforma

En cuanto al contexto político actual y la suspensión de las PASO, el entrevistado destacó que, desde un punto de vista técnico, la eliminación de las PASO refleja una incongruencia con la Constitución. Los partidos políticos, según el constitucionalista, tienen la facultad de determinar sus propios procedimientos internos y de presentar candidatos para cargos públicos.

Por otra parte, sobre el debate relacionado con la posible salida de Argentina de la Organización Mundial de la Salud (OMS), Lonigro expresó que este tipo de decisiones solo pueden ser validas mediante una ley sancionada por el Congreso, y no por un decreto presidencial. Argumentó que, a nivel jurídico, cualquier retiro de la OMS debe ser ratificado por el Congreso, lo que impide que sea una acción unilateral del presidente.

Para finalizar, el abogado agregó: “Cualquier acción de retiro de la OMS debería ser evaluada no solo desde el punto de vista político, sino también en sus consecuencias a largo plazo para la salud pública del país”.