PROGRAMAS SUSPENDIDOS

Juan Grabois cruzó a Sandra Pettovello por apelar nuevamente la causa 'Alimentos': “No podés ser tan mala gente”

El exprecandidato pressidencial llamó “hambreadora” a la ministra y se burló de que nombrara al mismo apoderado que Julio De Vido en el pasado. Capital Humano rechazó un fallo que, apenas días atrás, celebró.

Enfrentados. Pettovello y Grabois pelean por los alimentos. Foto: cedoc

Juan Grabois, abogado y dirigente de organización Argentina Humana, cruzó a la ministra de Sandra Pettovello este martes, luego de que la cartera de Capital Humano apelara el último fallo del juez Walter Lara Correa en la causa 'Alimentos', que sin embargo festejó a través de redes sociales como si se tratara de un triunfo. “No podés ser tan mala gente”, la increpó Grabois, quien insistió en la necesidad de repartir la mercadería “para gente que los necesita”. 

“Si ganaste, ‘hambreadora’ Pettovello, ¿por qué apelás la sentencia? Podrías tener la mínima coherencia de terminar con el despilfarro en mentiras, sanguchitos y abogados, cumplir la ley y entregar los alimentos”, publicó Juan Grabois en su cuenta de X (ex Twitter). “Es muy fácil, no tenés que hacer un reactor nuclear ni resolver la macroeconomía”, insistió el líder social que patrocinó el amparo colectivo de la Unión de Trabajadores y Trabajadoras de la Economía Popular (UTEP) y el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS).

“Por más que cambies de abogados y ensobres periodistas, mientras sigas incumpliendo tus deberes de funcionaria, abusando de tu poder y desacatando los fallos, pavimentás tu propio camino a una condena en esta vida y tal vez en la otra. Son alimentos, Pettovello, alimentos para gente que los necesita. No podés ser tan mala gente”, increpó Juan Grabois, señalando la significativa contradicción entre el comunicado de Capital Humano del viernes 1 de noviembre y la presentación del recurso de apelación. 

Por último, el dirigente se refirió a Alejandro Migdalek, quien firma la nueva apelación: “Sin insinuar nada eh, pero es chistoso que la adalid de la transparencia y destructora de curros, pusiera al mismo apoderado y abogado que puso Julio De Vido”, chicaneo. Al cierre de su tuit, Grabois invitó a sumarse a la campaña solidaria "Ningún pibe con hambre" (www.infanciasmte.ar), del Movimiento de Trabajadores Excluidos, de la UTEP. 

La contradicción del Ministerio sobre la sentencia: de “convalidar” su postura a considerarla una “arbitrariedad” 

Capital Humano apeló este martes 5 el fallo del juez Walter Lara Correa, que obligó el viernes pasado a Sandra Pettovello a garantizar el "abastecimiento adecuado de alimentos" a los grupos vulnerables, destacando “la importancia de mantener las políticas públicas alimentarias vigentes para garantizar este derecho fundamental”. Esta política "no representa un privilegio para sus destinatarios/as”, por el contrario, son “una herramienta para el cumplimiento del principio de igualdad y de no discriminación, a fin de que la Administración Pública Nación no incurra en responsabilidad internacional”, resolvió. 

El juez Lara Correa reconoció que el Poder Judicial no debe intervenir en decisiones "técnicas y operativas" del Poder Ejecutivo; pero en otro tramo del fallo se expresa que "el carácter de los proyectos sociales no deben ser discriminatorios y, por consiguiente, tienen que incluir todas las iniciativas posibles para apoyar los subsidios sociales encaminados a mitigar el posible aumento de las desigualdades e impedir que se vean afectados los derechos de las personas y los grupos desfavorecidos y marginados".

En el escrito que presentó hoy Alejandro Migdalek se califica a la sentencia de “arbitraria” y afirma que incurre en una “contradicción” al solicitarle que presente informes mensuales que den cuenta del cumplimiento de los objetivos de los programas “Plan Nacional Argentina Contra el Hambre”, el “Programa Alimentar Comunidad”; el “Programa Prestación Alimentar” y el “Programa Abordaje Comunitario PNUD ARG 20/004”, a través de los cuales se busca garantizar el derecho a la alimentación. 

 “No sólo condena parcialmente a esta parte sino que establece obligaciones de conducta para este cartera ministerial: presentación de informes de frecuencia mensual, mandas judiciales y exhortaciones varias, sin establecer plazo límite alguno a tales fines”, se quejó el ministerio.  “La arbitrariedad en la sentencia existe cuando en la misma no se expresan razones coordinadas y consecuentes, sino por el contrario se contradicen entre sí”, señala la apelación. “Por un lado establece que se han cumplido y continuado todos los programas sociales y, por otro, que no se ha probado la presencia de vías de hecho, arbitrariedad o ilegalidad manifiesta”, sumó Migdalek. 

De hecho, el juez en su fallo agrega que el Gobierno nacional debe mantener actualizado el Registro Nacional de Comedores Comunitarios (Renacom) y actuar rápidamente en el caso de las organizaciones que tienen convenios en trámite para acceder precisamente a las prestaciones alimentarias. En esa línea, pidió "depurar" esta lista, dando la razón a Pettovello en su denuncia sobre una serie de comedores que recibían alimentos pero que "no existían".

Ante este pedido, se consideró que el Estado aplique "las pautas concretas que crea necesarias en el marco de su 'sana discrecionalidad' y de sus competencias específicas, exclusivas, propias y excluyentes" para depurar este registro. “El Estado tiene un amplio margen de discrecionalidad con respecto a qué medidas o políticas son más oportunas, convenientes o eficientes”, indica la resolución, por lo que el Ministerio mantiene su autonomía en la gestión de los programas, como lo habían solicitado anteriormente Leila Gianni y Ariel Romano, ahora exrepresentantes de la Subsecretaría Legal de Capital Humano.

El fallo reconoce el principio de progresividad en las políticas alimentarias que viene desarrollando el Ministerio de Capital Humano, destacando el esfuerzo sostenido por ampliar y mejorar estos programas, adaptándolos a las necesidades sociales. Asimismo, ratifica la ‘zona de reserva’ —es decir la potestad— que corresponde al Poder Ejecutivo en la creación, modificación y diseño de políticas públicas, confirmando la facultad del Estado nacional en esta materia”, festejaba la semana pasada Sandra Pettovello.

“En su pronunciamiento, el juez fue contundente: el Ministerio de Capital Humano ha cumplido en todo momento con los procedimientos legalmente establecidos y no ha incurrido en incumplimientos de las normativas vigentes. La sentencia también reafirma la continuidad de las políticas públicas desplegadas por el Ministerio, con la facultad del Poder Ejecutivo para reestructurar y priorizar los programas de acuerdo con las necesidades del país”, continuaba la publicación autocelebratoria. 

ML CP