¿Nadie leyó la ley?
Es curioso que quien incumple el reglamento para integrar la Corte Suprema es García Mansilla,pero toda la atención está puesta en atacar a Lijo. La Corte tuvo veinte años a un juez que no cumplía con el artículo 4 del decreto-ley 1.285/58 y nadie dijo nada.
Naturalizamos que un juez de la Corte estuviera en el Máximo Tribunal violando la ley. Maqueda fue designado por Duhalde, quien tampoco fue un presidente legítimo. En consecuencia, la designación de Maqueda tenía dos vicios, uno de origen político, el otro, por incumplir con el reglamento formal. El duhaldismo nunca fue proclive al respeto institucional.
De la Rúa se tuvo que ir en helicóptero. Alberdi decía que al Presidente hay que respetarlo, aunque fuera un estúpido. Se respeta la institución, no a la persona. García Mansilla es ideológicamente más retrógrado (para los feminismos ymovimientos de derechos humanos) y tiene el mismo defecto que tenía Maqueda: no cumple con el decreto 1.285. Ese requisito no es caprichoso. No lo inventó el peronismo. Es de la época de Frondizi. Fue la misma época del debate “laica o libre”.
Ese requisito para jueces de la Corte es muy importante y revela la importancia histórica que ha tenido y tiene en la Argentina la universidad pública. La universidad “nacional”. Por eso existe ese requisito explícito en ese decreto-ley. No se puede pasar por alto. En junio de 2015, el Congreso cambió por ley ese requisito: ya no se pide abogado de “universidad nacional”, sino “con título de validez nacional”, que no es lo mismo. Ese cambio fue deliberado. Pero el requisito original se conservó –sólo– para jueces de la Corte Suprema y Procurador. Fue una buena decisión. Entonces García Mansilla estaría mal postulado, porque no cumple, tampoco él, con ese requisito formal. Lijo sí lo cumple. Eso es todo y es independiente de una evaluación de fondo sobre su candidatura. Lo primero es la evaluación formal, para saber si el candidato cumple con los requisitos formales para ser juez de la Corte. Maqueda no lo cumplía. Y nadie dijo nada: ni los demás jueces de la Corte ni el Procurador. Nadie.
Tampoco los medios que se cansaron de decir que se iba de la Corte “un gran jurista”. No podemos acostumbrarnos a que ni los jueces del Máximo Tribunal respeten las normas. Argentina tiene que desandar esta senda. El nepotismo es otro escándalo. Decenas de fiscales y jueces han colocado a sus hijos y parientes en toda la estructura judicial del país. Debería estar prohibido. El requisito de que los jueces de la Corte sean abogados de alguna “universidad nacional” no es caprichoso.
Se entiende que en esas universidades públicas se forma con rigor académico y espíritu plural a los que luego imparten justicia, con eje en el interés público, no en el interés privado. De allí el requisito formal del decreto de 1958, que sigue vigente. No se trata de convertir una discusión técnica o jurídica en un “River- Boca”.
No es una cuestión de grado o sujeta a “interpretación”. Es blanco negro: si no es egresado de universidad nacional, no puede ser juez de la Corte, a menos que se cambie ese requisito, cosa que hasta ahora no ha sucedido. Tampoco Macri lo alteró. Y los jueces que designó (ambos, Rosatti y Rosenkratz) sí lo cumplían. Además de ser más conservador que Lijo (o tal vez por eso, García Mansilla) no es de una universidad “nacional”, como exige la ley. Resulta un poco sorprendente que nadie haya observado, hasta ahora, este aspecto tan básico. ¿Para qué están los procuradores, los legisladores, los ministros de la Corte? ¿Nadie leyó la ley?
*Abogado. Especialista en derecho constitucional.
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