Estado Contitucional
Debatir sobre el Estado en una República Constitucional implica mantener un intercambio de ideas bajo un elemento condicionante: si discutimos al Estado, debe ser inequívocamente el Estado Constitucional. Es decir, invocamos un orden fundante sobre el cual descansa jurídicamente nuestra sociedad.
En una sociedad constitucional, el tiempo fue históricamente un factor relevante. El proceso mediante el cual un Estado Constitucional crea una nueva regla, modifica o deroga una ya existente, muchas veces resulta extemporáneo a las demandas de la ciudadanía. La demora en el abordaje legislativo de nuevas demandas de la sociedad, es también consecuencia del procedimiento, por el cual deben atravesar las iniciativas para demostrar su importancia, utilidad y (no menos importante) comprobación empírica.
El abordaje estatal sobre temáticas complejas sucede muchas veces a un ritmo distinto del que se espera. Sin embargo, también es cierto que la regulación o desregulación de aspectos que hacen a la vida de los ciudadanos no debería forzarse, teniendo como principio la búsqueda de una armonía entre la demanda social, y el tiempo necesario para realizar un análisis exhaustivo.
Ahora bien, la Inteligencia Artificial representa desde el punto de vista técnico, un progreso pocas veces visto en la historia de los avances tecnológicos. Su velocidad desconcierta no solo a los mecanismos de adecuación de la Ley, sino también, supera en determinados casos a la correcta asimilación de la sociedad. Un elemento disruptivo nunca visto.
Si el contenido generado por una IA, es indistinguible del realizado por un ser humano, sea una representación del rostro de una persona, una pintura, un soneto o una crónica, no estamos entrando solamente en una nueva era de la tecnología, sino que estamos ingresando en una nueva era social, ya que podríamos –finalmente– emular nuestro comportamiento por medio de una máquina.
Las posibilidades que esta herramienta nos proporciona para mejorar procesos administrativos, prácticas médicas, investigación, adaptación y mitigación del cambio climático, entre muchos otros, resultan fascinantes y esperanzadoras. Del mismo modo, su potencial para un uso desmedido e incorrecto resulta atemorizante.
Quizás, en unos años no pensemos ya en lo que puede hacer la IA, sino en lo que debe hacer una IA. Es probable que muchos países decidan regular mediante mecanismos constitucionales esta nueva tecnología. En el camino hacia la regulación, hay un elemento predominante del cual no deberíamos apartarnos: resultará imperioso preservar el factor humano, ante cualquier decisión que implique reglamentar una tecnología, que tiene el potencial para replicar el comportamiento de una persona.
Será muy necesario promover abordajes que se basen en la condición ética de esta nueva tecnología, y su administración responsable con relación a los valores humanos. Resultará imperiosa, y más que nunca necesaria, la reflexión constitucional sobre las oportunidades y los riesgos que ofrece esta caja de pandora llamada: IA.
*Abogado. Docente de Derecho Constitucional Político y Derechos Humanos desde la Perspectiva Internacional. UCES Sede San Isidro, Extensión Tigre.
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