El Tribunal de Catania rechazó las restricciones impuestas por decreto a la ciudadanía italiana Ius sanguinis en 2024
La resolución impulsada por el Ministerio del Interior de Italia impone obstáculos inconstitucionales a la vía por reconstrucción. La magister en derecho Constitucional italiano Katherine Muñoz Tufro y el especialista en inmigración Claudio Campolattan, dialogaron con PERFIL sobre el escenario actual de la normativa.
El Tribunal de Catania rechazó las restricciones impuestas por decreto a la ciudadanía italiana Ius sanguinis o vía sanguínea a través de un fallo que refuta la Circular 43347, emitida el 3 de octubre del 2024, que introdujo nuevas pautas interpretativas para el reconocimiento por descendencia. Establece que “si el AVO (antepasado italiano) se naturalizó en otro país y, luego durante la minoría de edad del niño su padre desistió de la ciudadanía, el menor pierde el derecho también”.
El documento jurídico tiene sustento en una sentencia de la Corte de Casación, máximo tribunal de apelación del país, que interrumpe la línea de transmisión.Como consecuencia de la nueva reglamentación, implica una transformación significativa en lo que respecta a la forma en la que se ejecuta la Ley de ciudadanía para los ítalo-descendientes.
Nuevas restricciones para la obtención de la ciudadanía italiana: el impacto de la Circolare 43347
La resolución impulsada por el Ministerio del Interior de Italia impone obstáculos inconstitucionales a la vía por reconstrucción. La magister en derecho Constitucional italiano Katherine Muñoz Tufro y el especialista en inmigración Claudio Campolattano dialogaron con PERFIL sobre el escenario actual de la normativa.
La Corte Constitucional de Italia debatirá la validez de derecho a la ciudadanía italiana Ius sanguinis en una audiencia programa para el 24 de junio del corriente año. La controversia surge a raíz de la sentencia dictada el 26 de noviembre de 2024 por el Tribunal de Bolonia, que planteó la constitucionalidad del artículo 1 de la Ley 91/1992.
“La circular se inspira en tres sentencias del Tribunal Supremo de Casación, dos de 2024 y una de finales de 2023, en las que Tribunal Supremo dijo que, en caso de naturalización existía la pérdida de la ciudadanía, incluso para un hijo menor de edad”, precisó Claudio Campolattano.
El fallo del Tribunal de Catania busca consolidar lo que se entiende por adquisición de “ciudadanía automática”.Esto significa que si nace un niño/a de un italiano, es ciudadano italiano.
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En relación con ello, la magister en derecho Constitucional Italiano Katherine Muñoz Tufro señaló a PERFIL que “el Tribunal de Roma sostuvo que ese niño no tenía la capacidad para renunciar a la ciudadanía y la ciudadanía italiana, se pierde sólo a través de la renuncia expresa. No se pierde porque el padre haya renunciado a ella”.
El especialista en inmigración sostuvo que el fallo de Catania “no tendrá nunca un impacto sobre el gobierno, ni sobre la normativa que viene aplicada en vía administrativa (Ius Sanguinis)”.En este caso símbolo, como el del caso de Catania que aconteció el trámite de ciudadanía deuna familia, será válida siempre que se tengan en cuenta las decisiones de la Suprema Corte de Casación.
Tribunal de Catania: ciudadanía italiana Ius Sanguinis
La fundadora del grupo Raddo, especializado en ciudadanía italiana, en el cierre de la entrevista concedida a Perfil esperanzó a los descendientes de italianos al referirse al fallo del Tribunal de Catania como “un puntapié, un granito de arena para estas personas a quiénes le rechazaron la ciudadanía y no la pudieron hacer por esta circular. Atentos, porque todavía este camino sigue vigente. Hay luz al final del túnel con un 60 o 70% de probabilidades de que pueda prosperar”.
Ciudadanía italiana Ius Sanguinis: las barrera anticonstitucional que vulnera el derecho de los ítalo-descendientes
La precursora del estudio jurídico ítalo-argentino analizó que “la Circular 43347 no se aplica en la Justicia Italiana porque es una orden ministerial, que se baja desde el Ministerio del Interior hacia los rangos inferiores”.
En este sentido, durante la entrevista concedida a PERFIL, detalló que “entonces hay dos puntos, la Circular 43347 no se aplica en la Justicia italiana porque es una orden ministerial y en segundo grado, no se aplica porque la doctrina y la jurisprudencia la entiende contraria a derecho”.
En esta línea, el especialista en inmigración, Claudio Campolattano, significó a PERFIL que “implica un esfuerzo mayor por parte de nosotros como abogados italianos, quienes estamos obligados a defender eficazmente los derechos de la ciudadanía en línea con el derecho fundamental e inalienable”.
Además, manifestó que “en consecuencia, todas las limitaciones que se verifican en la teoría, están en conflicto con la Constitución”.
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Ciudadanía italiana Ius Sanguinis
“Es muy triste que para un derecho que es automático, tengamos que recurrir a tribunales y sea tan costoso. El año pasado era una tasa por todo el grupo familiar y, hoy son 600 euros por persona”, enfatizó Katherine Muñoz Tufro.
La naturalización del AVO, ¿dejará de influir en el acceso a la ciudadanía vía sanguínea para los ítalo- descendientes?
La ciudadanía italiana es posible, siempre y cuando, vengas de un ciudadano italiano que no haya renunciado a la ciudadanía antes del nacimiento del hijo”, aclaró la magister en derecho Constitucional Italiano.
Por último, la especialista en Derecho Internacional explicó a Perfil que “si se puede hacer en el consulado o no, varía en función a otras variantes que no tienen tanto que ver con el derecho. Sino,con cómo lo interpretan los órganos administrativos que responden al Ministerio de Relaciones Exteriores o al gobierno de turno”.
LT