Revés judicial

La Justicia rechazó un reclamo de Camioneros por un convenio laboral en Mercado Libre

La jueza María Alejandra D’Agnillo impugnó la demanda del sindicato que conduce Pablo Moyano en relación con el convenio entre la Unión de Trabajadores de Carga y Descarga y la empresa de Marcos Galperin.

Galperin y Pablo Moyano. Foto: Collage NA

Un fallo judicial rechazó una demanda del gremio Camioneros contra el convenio suscripto entre la Unión de Trabajadores de Carga y Descarga (UTCYDRA) y Mercado Libre.

El sindicato que conduce Pablo Moyano denunció en 2019 “un pacto fraudulento y espurio entre el Ministerio de Trabajo, una empresa fantasma y un sindicato sin representación”, por el encuadramiento sindical de 1.200 empleados en La Matanza, que contó con la aprobación del entonces ministro del área, Dante Sica.

El conflicto escaló hasta generar bloqueos del sindicato en los depósitos de la empresa que conduce Marcos Galperin durante 2020.

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La jueza María Alejandra D’Agnillo rechazó la demanda de Camioneros señalando que “carecen de legitimidad activa” para efectuar el reclamo: “Solo los propios interesados, empleados de la citada como tercero (se refiere a Mercado Libre), en forma personal o con la representación del sindicado conforme los términos del art.23 inc.a) de la ley 23.551, podrían requerir la invalidez del convenio de empresa”. 

Según la magistrada, “la casi totalidad de dichos empleados se encuentran afiliados a UTDCYDRA y se ha demostrado que las actividades llevadas a cabo por la citada como tercero y la función de sus trabajadores, no encuadran en la contemplada como representativa” en el gremio de Camioneros.

Flexibilidad y beneficios

“Aunque no estemos en presencia de un conflicto de Derecho Individual del Trabajo, cabe priorizar el interés de los trabajadores” justificó la magistrada, y agregó que “no se pierde de vista que los convenios de empresa, generalmente flexibilizan algunos aspectos de las modalidades de los contratos, pero también otorgan otros beneficios”.

“Quienes ostentan legitimidad para cuestionar la norma convencional que emanó de la negociación colectiva, son precisamente los trabajadores, a través de sus representantes sindicales. Esa es precisamente la misión de las asociaciones profesionales para con sus representados, a los fines de obtener las mejores condiciones de labor, en el marco de la libertad sindical y de los acuerdos a los que arriben con la parte patronal”, agregó la magistrada en su fallo.

 

LM / Gi