Los contadores van a la Justicia por una norma de AFIP que obliga a denunciar a sus clientes
Pidieron una cautelar hasta que el organismo resuelva un recurso administrativo. Aseguran que la resolución 4838 pone en riesgo el secreto profesional.
Los contadores de todo el país pidieron una medida cautelar ante la justicia federal para lograr la suspensión de la Resolución General 4838 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) sobre planificación fiscal hasta que el ente recaudador resuelva sobre un reclamo administrativo que presentó el Consejo de profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires con otros 23 consejos.
Los especialistas entienden que el “Régimen de Información de Planificaciones Fiscales” tiene implicancias "en materia de responsabilidad profesional y transgresión de derechos que surgen de la misma". La presidenta del Consejo porteño, Gabriela Russo, consideró que la resolución "viola el acuerdo profesional y confidencial entre asesor y cliente, tiene vicios de retroactividad y va en contra de la Constitución y de varios tratados internacionales”.
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El régimen marca que los asesores deben brindar información sobre las estructuras nacionales. "No existen antecedentes e incluso no es solicitado en ninguno de los regímenes que se encuentran vigentes en el mundo", aseguraron desde el Consejo. Por la dimensión de las estructuras a notificar, alcanzaría a pymes, grandes empresas y multinacionales.
Las directivas que plantea la OCDE "únicamente aplican sobre las estructuras internacionales", indicaron desde el Consejo porteño. Los asesores aseguran que no se establecen distinciones de qué estructuras deben ser reportadas.
Secreto profesional. La figura del “asesor fiscal” en la norma "conlleva una gran carga en materia de responsabilidad profesional pero en la normativa es muy poco preciso el concepto del sujeto obligado a ejercer dicha tarea informativa", indicaron.
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En lo que refiere al secreto profesional, el régimen dispone que en caso de que los clientes se abstengan de brindar los datos requeridos, deberán ser notificados a la AFIP. Para los contadores, "se vulnera la confidencialidad del vínculo entre profesional y cliente y, además, el secreto profesional constituye un derecho propio del ejercicio de profesionales en Ciencias Económicas que sólo debería verse afectado en instancias judiciales".
La resolución general 4838 se publicó en el Boletín Oficial en octubre. Allí, AFIP detalló que "el principal objetivo de los regímenes de declaración obligatoria de planificaciones fiscales radica en incrementar el nivel de conocimiento respecto de las operaciones y estructuras que utilizan las empresas a los efectos de facilitar a las Administraciones Tributarias la obtención de información temprana". Y agrega que la información permitiría "evaluar los riesgos en materia tributaria asociados a las planificaciones fiscales implementadas por los contribuyentes".
Beneficiarios. Por otra parte, AFIP informó que se extiende hasta fines de enero el plazo para que las empresas informen quiénes son los beneficiarios finales. La extensión rige hasta el 29 de enero de 2021. "El régimen informativo fija la obligación de identificar a las personas con participaciones en sociedades, asociaciones civiles, fundaciones y fondos comunes de inversión", detalló el organismo a través de Twitter.