Trabajadores del Coys fueron demorados por acoso callejero a una joven en Cabildo
Una joven de 18 años se cansó de los agravios recibidos cada vez que se dirigía a realizar actividad física al gimnasio. Fueron demorados dos operarios que prestaban servicios en la obra del Parque Los Algarrobos.
E.D. es una joven de 18 años de barrio Santa Isabel II Sección que semanalmente asiste a un gimnasio por Armada Argentina. Desde hace un tiempo no la pasaba bien, porque cada vez que debía cruzar por el Parque Los Algarrobos para llegar a destino, recibía una lluvia de agravios del tipo: "¡Mamita, vení que te echo un polvo!” “¿No querés ser mi mujer?” “Te llevo conmigo”.
Palabras más, palabras menos, ese era el repertorio empleado por los hostigadores que suelen confundir estas bravuconadas con un piropo, que siempre es inofensivo y galante. Y no injuriante e irrespetuoso.
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E.D. respiraba hondo y buscaba juntar fuerzas para seguir adelante, y superar la vergüenza intimidante de los acosadores. Intentó, sin suerte, un cambio de recorrido pero los volvió a cruzar y a ser atacada. Hasta que no pudo contener más la humillación y la angustia, y le contó a sus padres la violencia verbal con connotación sexual acumulativamente sufrida.
Los padres formularon la denuncia en la Unidad Judicial de Violencia de Género, Familiar y Sexual. Sumario Nº 13395342, con fecha 28 de noviembre, caratulada a prima facie como “Actuaciones Labradas”.
“Cada vez que iba al gimnasio era abordada por cuatro o cinco sujetos que la acosaban en grupo a su paso”, cuenta su padre a La Décima.
“Estos degenerados le propinaron barbaridades y guasadas, haciéndola sentir humillada, vulnerada, violada en su intimidad, dignidad e integridad personal”, agrega su progenitor. Por la denuncia radicada en el Polo de la Mujer, resultaron demorados dos operarios que cumplen trabajos para el Coys en la obra irresuelta y eterna del Parque Los Algarrobos.
El acoso callejero es una forma de violencia de género que consiste en acciones o comentarios sexuales no deseados hacia una persona en espacios públicos, medios de transporte o lugares privados con acceso público. Y es penalizado por la ley 26.485 de Protección Integral a las Mujeres mediante multa, obligación de hacer trabajos para la comunidad o arresto.
“El acoso sexual callejero se castiga porque afecta la dignidad y los derechos fundamentales de la persona acosada. La persona acosada sufre un ataque a su libertad, integridad y derecho de libre tránsito. El acoso sexual causa intimidación, hostilidad, degradación, humillación y un clima ofensivo”, se lee en el portal del Ministerio de Justicia de la Nación.
“No puede ser que porque mi hija sea bonita, tenga un buen cuerpo y se ponga una calza para hacer ejercicio tenga que sufrir violencia por parte de gente que no sabe comportarse en sociedad”, reflexiona el padre de la joven.
Agrega el denunciante que la manera de acabar o fijarle un límite a estos ataques, propio de trogloditas (personas crueles y bárbaras), es exponiéndolos con la denuncia.
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