CAJA DE JUBILACIONES

Aumento en la jubilación mínima de Córdoba: ahora será de $310 mil

El aumento fue publicado este viernes en el Boletín Oficial. Rige para los haberes de septiembre.

CAJA DE JUBILACIONES DE CÓRDOBA. Foto: GOBIERNO DE CÓRDOBA.

La administración del gobernador Martín Llaryora decidió subir la jubilación mínima provincial desde el mes de septiembre por lo que ahora alcanzará los 310 mil pesos.

Normativa

La medida se dispuso mediante la resolución 420 Letra D publicada este viernes en el Boletín Oficial.

El artículo 1 resuelve ajustar "con el objeto de garantizar un haber previsional bruto no menor a la suma de pesos trescientos diez mil ($310.000,00) a partir del 1° de septiembre de 2024, el importe a percibir por los beneficiarios del régimen previsional regulado por la Ley Nº 8024, en concepto del “Complemento Previsional Solidario” establecido por el Artículo 5° de la Ley N° 10.078, conforme sus exclusiones".

La documento cuenta con la firma del ministro de Economía y Gestión Pública, Guillermo Acosta.

Gran Córdoba: casi la mitad de la población es pobre, según el INDEC

Considerandos

En la parte de los considerandos de la resolución, se sostiene que “ante el proceso inflacionario que atraviesa el país, resulta pertinente y prioritario mejorar los ingresos de los beneficiarios de menores ingresos de la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba, ello dentro del marco de una administración prudente y sostenible de los fondos previsionales, propendiendo siempre a la justicia social en estricta observancia de los lineamientos trazados en la Constitución de la Provincia de Córdoba”.

Además se afirma que, “bajo tal entendimiento, deviene necesario y conveniente en este estadio, ajustar el importe del Complemento Previsional Solidario instituido en el artículo 5° de la Ley N° 10.078, a los fines de garantizar un haber previsional bruto de pesos trescientos diez mil ($310.000,00)”.

Compromiso ambiental: la Lotería de Córdoba comenzará a implementar biocombustibles en su flota de vehículos

“Mediante el artículo 2º, inciso a) del Decreto Nº 2449/2023, el Poder Ejecutivo delegó en este Ministerio, las funciones y atribuciones para disponer sobre la movilidad salarial del personal de la Administración Pública Provincial y de los haberes previsionales de la Caja de Jubilaciones”, precisa la normativa.