Mercado laboral

Reforma laboral: cuáles son los detalles y claves para tener en cuenta

La modificación fue publicada en el Boletín Oficial. El documento fue elaborado por el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, junto a un equipo técnico.

Reforma laboral (Cedoc)

Este jueves, el Gobierno reglamentó la reforma laboral, específicamente el capítulo sobre empleo de la Ley Bases. Entre las modificaciones se incluyen un blanqueo de impuestos al trabajo, mayores facilidades para contratar empleados independientes y la posibilidad de establecer acuerdos sobre el cese laboral entre trabajadores.

Cuáles son los cambios que recibirán los trabajadores

Para hablar sobre este tema, Canal E se comunicó con Daniel De Urquiza, abogado especialista en Derecho del Trabajo y docente universitario, quien expresó que por el momento, “los trabajadores no percibirán cambios concretos en sus condiciones laborales”. 

Según el entrevistado, las modificaciones propuestas se implementarán de manera gradual y en diferentes áreas. Y remarcó que un ejemplo de esto es la extensión del periodo de prueba, que ahora puede ser de seis, ocho o incluso doce meses, dependiendo del tipo de empresa, “aplicándose únicamente a aquellos que ingresaron a partir del 8 de julio”. 

Qué sucederá con las indemnizaciones y los bloqueos

Otro aspecto a considerar son las indemnizaciones, las cuales “también se verán afectadas a futuro”, mencionó el entrevistado y sostuvo que, además, es fundamental entender que cualquier cambio en este ámbito debe ser acordado entre los sindicatos y las cámaras empresariales, es decir, a través de convenios colectivos. 

En cuanto a la cuestión de los bloqueos, De Urquiza explicó que, “si un trabajador es acusado de realizar bloqueos en la entrada o salida de un establecimiento, debe existir evidencia clara de que este bloqueo ocurrió y que fue significativo”. Y agregó: “La presencia de un dirigente sindical, por ejemplo, puede complicar la situación, ya que el trabajador podría argumentar que simplemente está protestando pacíficamente”. “Este tema es delicado y siempre estará sujeto a revisión judicial”, siguió.

En continuidad con el tema, el abogado explicó que es importante entender que, a la hora de despedir a un trabajador por esta causa, “el empleador deberá demostrar que el accionar del empleado constituye una injuria grave”. Y remarcó que si el juez determina que la conducta del trabajador no fue lo suficientemente grave, “el despido podría considerarse injustificado”.

Por último, De Urquiza dijo: “Aunque se realizaron algunos intentos de diálogo con el gobierno, los resultados fueron limitados y la única victoria notable fue una previsión que busca evitar la simulación de relaciones laborales entre trabajadores independientes”.