Crónica de un retiro anunciado por Argentina del Consejo de Derechos humanos de la ONU
El gobierno de Milei anticiparía su salida, descartando postularse para renovar su mandato, forma encubierta de precipitar su huida hacia adelante. Sería obra de un "seguidismo" de Washington, que apunta en la misma línea de no postular renovar mandato para 2026
El gobierno argentino de Javier Milei presuntamente se retiraría del Consejo de Derechos Humanos de la ONU, porque no habría condenado al grupo fundamentalista «Hamas» como «terrorista». Buenos Aires anticiparía su salida, descartando postulase para renovar su mandato, forma encubierta de precipitar su huida hacia adelante. Sería obra de un «seguidismo» de Washington, que apunta en la misma línea de no postular renovar mandato para 2026. (1)
El término «terrorista», o «terrorismo», no se utiliza dentro del sistema de protección y promoción de los derechos humanos, vigente en el Consejo de Derechos Humanos de la ONU, al no existir una definición internacional consensuada. Habría que celebrar una Conferencia Mundial que defina el crimen, y establezca una convención internacional, obligatoria para quienes la ratifiquen. La Unión Europea lo intentó a su nivel de 27 Estados miembros, abandonando el proyecto.
El «terrorismo» tampoco se encuentra entre los crímenes que son competencia de la Corte Penal Internacional (CPI), fundada en 1998. Ella reconoce el genocidio, los crímenes de lesa humanidad (asesinato, exterminio, esclavitud, deportación o traslado forzoso de poblaciones, encarcelación u otra privación grave de la libertad, tortura, desaparición forzada), los crímenes de guerra, y el crimen de agresión, agregado en 2017, por la «enmienda de Kampala». (2) El «terrorismo» es asimismo no contemplado por la Corte Internacional de Justicia, órgano judicial de la ONU, que se ocupa de controversias entre los Estados, ajenas al específico conflicto en torno a «Hamas».
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A propósito, la temática del «terrorismo», ha generado divergencias en el periodismo internacional para calificar a «Hamas». La BBC, de Londres, inicialmente no lo consideraba un grupo terrorista «por razones de imparcialidad». El «New York Times» fue criticado por creer en las versiones de «Hamas», sin un chequeo exhaustivo de los datos. «El País», de Madrid, dice que es una «organización o movimiento» compuesto por «milicianos» que actúan «como un agente politico que controla y gobierna Gaza». La Agencia EFE de España, lo tilda de «grupo islamista». (3)
Por cierto, la Agencia France-Presse (AFP), «proscribe el calificativo de terrorista para Hamas» y otros grupos como Al-Qaeda, las brigadas Al-Aqsa, Estado Islámico, ETA y FARC. Argumenta que su tarea es identificar si el grupo en cuestión,«figura en las listas de organizaciones terroristas de la Unión Europea y Estados Unidos». Cita a las autoridades cuando imputan a «terroristas». Dan detalles al hablar «de hombres armados, que ponen bombas, toman rehenes o son autores de atentados suicidas o desvió de aviones, términos neutros y más precisos». (4)
Cada país es libre de disponer de una ley en su legislación que defina y castigue el «terrorismo», no pudiendo recurrir a una definición universal de referencia. Ello no quita que con el tiempo la ONU a producido «19 convenios y protocolos» sobre «actos terroristas específicos». Destacan la toma de rehenes, atentados, financiación del terrorismo, apoderamiento ilícito de aeronaves, y protección de materiales nucleares. Están bajo responsabilidad de un Relator Especial, mandato por el Consejo de Derechos Humanos para dar seguimiento a la lucha contra el terrorismo.
El artículo 41 quinquies del Código Penal argentino, fue incorporado a la legislación mediante la ley 27.739, sancionada el 14 de marzo de 2024, que enriqueció la legislación vigente sobre prevención y represión del Lavado de Activos (LA), Financiación del Terrorismo (FT) y Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (FP). Entre otros aspectos, se establecen agravantes para la comisión de delitos cuando se hayan llevado a cabo «con el fin de aterrorizar a la población u obligar a las autoridades públicas nacionales o gobiernos extranjeros o agentes de una organización internacional a realizar un acto o abstenerse de hacerlo, extendiendo las penas al doble del mínimo y el máximo".
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Así, la legislación nacional recepta las descripciones de conductas terroristas sostenidas en distintas normas internacionales y aumenta las penas de los delitos cuando se cometieren con la finalidad descripta. Por tanto, si un delito se castigará con 2 meses a 2 años de prisión, cuando tuviera la finalidad terrorista descripta en el 41 quinquies, tendrá de 4 meses de mínimo a 4 años de máximo. En virtud de las discusiones internas producidas por su texto, se decidió que la norma «no se aplicará cuando los hechos de que se traten tuvieran lugar en ocasión del ejercicio de derechos humanos y/o sociales, o de cualquier derecho constitucional».
Las críticas que circulan evocando la eventual desaparición no forzada de Argentina del Consejo de Derechos humanos de la ONU, se apoyan en que Israel mereció, en el pasado inmediato, más resoluciones condenatorias que Venezuela y Nicaragua. Del 2018 en adelante, Caracas enfrentó 7 y Managua 5 a partir del 2019. En ambos casos, se crearon mecanismos internacionales de rendición de cuentas para investigar las graves violaciones de derechos humanos, algunas de las cuales pueden constituir crímenes de lesa humanidad.
Por supuesto que la cantidad de resoluciones votadas sobre Israel es mayor que las de America Latina. Las investigaciones de la ONU sobre Medio Oriente remontan a 1967, luego de la Guerra de los 6 días, cuando Israel se anexó Gaza, Cisjordania, Jerusalén Este y las Alturas del Golán, y existía la Comisión de Derechos Humanos, transformada en 2006 en Consejo de Derechos Humanos. Desde entonces, el 99% de las resoluciones adoptadas han sido sobre países del Tercer Mundo. Se distinguen las dictaduras en Iran, Siria, Corea del Norte, Libia, Camboya, Myanmar, Sri Lanka, Afganistan, Sudan, Etiopía, Eritrea, Burundi, la República Democrática del Congo, Nicaragua, Venezuela, Belarus y Rusia, por citar los casos de notoriedad.
Sobre el Medio Oriente, las resoluciones aprobadas por el Consejo, no son «contra» Israel, sino en favor de los derechos humanos del pueblo palestino, e incluyen en algunos casos las violaciones cometidas por el lanzamiento de misiles de «Hamas» contra Israel. Ante los países violadores, la ONU dispone la creación de mecanismos de protección de los derechos humanos, integrados por expertos independientes que no son empleados de la ONU y no cobran sueldo, solo viáticos para cumplir sus misiones, actuando según su conciencia. Viven en sus países de origen y concurren a Ginebra para presentar públicamente sus informes, que son debatidos en el Consejo, a fin de adoptar medidas, en favor de las libertades públicas y los derechos individuales.
(1) La Nación e Infobae, Buenos Aires, 7 de febrero de 2025.
(2) La Corte Penal Internacional (CPI) admitió al Estado Palestino como Estado miembro en 2015. Tiene imputados a dirigentes de Israel (Benjamin Netanyahu y Yoav Gallant) y de «Hamas» (Yahya Sinwar, Ismail Haniyeh y Mohammed Diab Ibrahim Al-Masri, los 3 fallecidos después de la inculpación) por «crímenes de guerra» y «crímenes de lesa humanidad» (mail difundido por la CPI el 21 de mayo de 2024, copia en el archivo del autor). Perfil, Buenos Aires, 20 y 21 de mayo de 2024. Por otra parte, el Presidente de Estados Unidos, Donald Trump, a emitido una orden ejecutiva que «impondrá consecuencias tangibles y significativas a los funcionarios de la CPI que trabajen en investigaciones que amenacen la seguridad nacional de Estados Unidos y sus aliados, incluido Israel». La CPI condenó dicha orden ejecutiva «que pretende imponer sanciones a sus funcionarios y perjudicar su labor judicial independiente e imparcial. El Tribunal apoya firmemente a su personal y se compromete a seguir proporcionándo justicia y esperanza a millones de víctimas inocentes de atrocidades en todo el mundo, en todas las situaciones que se le presenten», publicación oficial de noticias de la ONU, 7 de febrero de 2025.
(3) Le Point, Francia, 2 de noviembre de 2023.
(4) AFP, Manual del «agenciero».
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