POLITICA
Justicia

El Congreso le negó información a una fundación de los derechos del niño y la Corte Suprema deberá resolverlo

Las instancias anteriores fallaron a favor de la Fundación Sur Argentina que había solicitado conocer el puntaje de cada participante del concurso público para Defensor de los derechos del niño.

Debate en el Congreso de la Nación.
Debate en el Congreso de la Nación. | CEDOC

Una fundación dedicada a la defensa de los derechos del niño había pedido información sobre la actividad parlamentaria sobre el puntaje asignado a cada participante del concurso público para la designación de un Defensor de los derechos de niñas, niños y adolescentes, sin embargo, recibió la negativa del Congreso de la Nación por lo que decidió denunciarlo y ahora la Corte Suprema de Justicia deberá definir el conflicto.

Las instancias anteriores habían fallado a favor de la Fundación Sur Argentina por su reclamo contra la Comisión Bicameral Permanente del Congreso que le negó información argumentando la "Protección de Datos Personales".

La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal de la Ciudad de Buenos Aires habilitó este martes 15 de diciembre la intervención de la Corte Suprema para que defina si es o no información pública el procedimiento en el Congreso de la Nación, en el marco de un concurso público para la designación un defensor y dos adjuntos de los derechos de niñas, niños y adolescentes.

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Según indicaron fuentes judiciales a la agencia Télam, la Sala V de ese tribunal aceptó el recurso extraordinario presentado por las cámaras de Diputados y Senadores de la Nación contra el fallo del tribunal que admitió la acción de amparo colectiva presentada por Fundación Sur Argentina -destinada a la promoción y defensa de los derechos humanos de la infancia y la juventud según su sitio de Internet- luego que se le negara esa información.

La Comisión Bicameral Permanente del Congreso de la Nación se había opuesto a brindar la información solicitada argumentando vigencia de la Ley 25.326 de Protección de Datos Personales, para garantizar el derecho al honor e intimidad de las personas.

La Fundación, con fundamentos que fueron aceptados por el tribunal de segunda instancia, invocó a su favor la ley 27.275 de Derecho de Acceso a la Información Pública, para reclamar que se le hicieran saber pormenores de la actividad parlamentaria vinculada al puntaje asignado a cada participante del concurso.

Los camaristas Jorge Alemany, Pablo Gallegos y Guillermo Treacy acotaron que el pedido no se refería a datos que pudieran afectar derechos de terceros y tampoco resultaba del "Reglamento de Procedimiento para Designar al Defensor de Niños, Niñas y Adolescentes" que la información tuviera carácter confidencial.

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"Ante la inexistencia de una cláusula que imponga la confidencialidad de la información solicitada y tratándose el caso de concurso celebrado para cubrir un cargo público de relevancia institucional, resultaban plenamente operativos los principios de máxima divulgación y transparencia, así como la presunción de publicidad de los datos", agregaron.

Al interponer el recurso extraordinario contra la orden de publicar las notas las cámaras del Congreso cuestionaron que, tratándose de dos normas nacionales de rango equivalente, se diera "preeminencia" a la ley 27.275, anteponiéndola a la 25.326.

En esa línea, remarcaron que la Comisión Bicameral Permanente está facultada a la confección del cuestionario de examen y la reserva en su manejo, a fin de preservar el derecho a la intimidad de los participantes, por lo que la decisión judicial constituye un avance de un poder del estado sobre otro.

"Corresponde conceder los remedios federales", resolvió la Sala V de la Cámara, sin expedirse sobre la supuesta "arbitrariedad" planteada en el recurso extraordinario.

EuDr